Alejandro Peza/CARIBE PENINSULAR
CHETUMAL.- Diputados de la XVIII Legislatura del Congreso de Quintana Roo analizan una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado que busca establecer sanciones específicas para quienes abandonen animales o, de manera deliberada, omitan proporcionarles las condiciones mínimas de cuidado, alimentación, agua y refugio, cuando con ello se ponga en riesgo su integridad.
La propuesta, impulsada por el diputado José María Chacón Chablé, plantea incorporar el artículo 179-Ter-4 al Código Penal local, con el objetivo de fortalecer el marco jurídico en materia de protección animal y permitir que las autoridades intervengan penalmente no solamente cuando un animal haya sufrido lesiones graves o haya muerto, sino desde el momento en que exista un riesgo inminente derivado de una conducta de abandono o negligencia dolosa.
De acuerdo con la iniciativa, se busca considerar como conducta sancionable la falta deliberada de elementos básicos para la supervivencia de los animales, entre ellos el suministro de agua y alimento, así como la disposición de un refugio adecuado que los proteja de las condiciones ambientales y de otras situaciones que puedan poner en peligro su vida o integridad.
La propuesta establece penas de seis meses a dos años de prisión, además de multas de 50 a 100 días, para quienes incurran en estas conductas bajo los supuestos que contempla la reforma.
Uno de los aspectos que mayor relevancia adquiere en la iniciativa es que la intervención penal no estaría condicionada a que el animal presente lesiones visibles o llegue a fallecer.
La intención, explicó el secretario de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, Jorge Cabrera Tinajero, es que la legislación pueda actuar de manera preventiva ante situaciones en las que exista un riesgo real e inminente para los animales.
La propuesta contempla además un agravante para los casos en los que la omisión de cuidados tenga como consecuencia la muerte del animal. En estas circunstancias, la pena podría incrementarse hasta en un 50 por ciento, de acuerdo con las condiciones establecidas en la iniciativa.
Con ello, los legisladores buscan establecer una diferencia entre una situación de descuido que pudiera ser atendida por otras vías administrativas y aquellas conductas en las que exista una omisión deliberada de las necesidades básicas del animal y que, por sus características, representen un peligro para su vida.
Y es que organizaciones protectoras y ciudadanos han señalado de manera recurrente casos de animales abandonados en calles, predios y viviendas, así como ejemplares que permanecen durante largos periodos sin agua, alimento o protección adecuada frente a las condiciones climáticas.
La iniciativa pretende que estas circunstancias puedan ser consideradas desde una perspectiva de protección penal cuando exista una conducta dolosa y se configure el riesgo previsto por la norma.
Otro de los elementos centrales de la propuesta es el carácter preventivo que se pretende otorgar a la legislación. Es decir, que las autoridades no tengan que esperar a que ocurra una agresión física, una enfermedad derivada de la falta de cuidados o la muerte del animal para actuar.
El supuesto de riesgo inminente permitiría que la autoridad pueda intervenir ante situaciones en las que las condiciones en las que se mantiene a un animal representen un peligro evidente para su supervivencia o integridad.








