REVÉS A MORENA: Teqroo ordena reevaluar quejas contra “Gino” Segura

Por Alejandro Peza

CHETUMAL.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena emitir nuevas determinaciones sobre las quejas presentadas contra Eugenio “Gino” Segura Vázquez, coordinador estatal para la Defensa de la Transformación y la Soberanía Nacional, luego de detectar deficiencias en el análisis de los expedientes y en la justificación de las causas de improcedencia.

La resolución representa un revés para la instancia partidista, que fue señalada por no atender de manera exhaustiva los señalamientos presentados contra el actual coordinador morenista, particularmente por presuntos actos de posicionamiento político anticipado.

Durante una sesión nocturna celebrada a la medianoche del pasado viernes, el Pleno del Teqroo resolvió los juicios electorales 59, 58 y 71, promovidos por Erikc Sánchez Córdova, así como el juicio de la ciudadanía 34/2026, interpuesto por Fiany Yajayra Ajanel Alejo, quienes impugnaron las determinaciones emitidas por el órgano interno de Morena.

Asimismo, en los juicios electorales 57 y 70/2026, también promovidos por Sánchez Córdova, los magistrados revocaron acuerdos relacionados con las quejas presentadas contra Ana Patricia Peralta de la Peña y Eugenio Segura Vázquez.

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El Tribunal determinó que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia debe realizar un análisis individual de los hechos y de los elementos aportados en cada expediente, además de emitir nuevas resoluciones debidamente fundadas y motivadas.

Con ello, el órgano jurisdiccional electoral dejó sin efectos las determinaciones impugnadas y obligó a la instancia partidista a revisar nuevamente los señalamientos, en lugar de limitarse a declarar improcedentes las denuncias sin una justificación suficiente.

En otro asunto, durante la misma sesión, el Teqroo confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), que declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por Rafael Fernando Marín Mollinedo, quien denunció el presunto uso no autorizado de su nombre e imagen en un grupo de Facebook.

El Pleno consideró que no se acreditaron los elementos necesarios para ordenar el retiro del contenido denunciado.

Por otra parte, las magistraturas determinaron la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) dentro del Procedimiento Especial Sancionador 2/2026, iniciado por una ciudadana contra un periodista por expresiones difundidas en Facebook.

A partir de un análisis integral y con perspectiva de género, el Tribunal concluyó que las publicaciones reprodujeron estereotipos que menoscabaron los logros, la capacidad y la trayectoria política de la denunciante, al atribuir su participación pública a supuestas relaciones de subordinación con hombres.

La resolución identificó violencia simbólica, verbal, psicológica, moral y mediática, por lo que ordenó una amonestación pública, una disculpa pública, la inscripción de la persona responsable en los registros nacional y estatal de personas sancionadas por violencia política de género, así como la realización de un curso especializado.

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