El Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social publicará los resultados de su consulta salarial 2026 en un plazo máximo de doce horas posteriores al cierre de urnas, definiendo un incremento global del 6.8 por ciento para medio millón de empleados de base.
Mecánica de votación para medio millón de agremiados
La consulta salarial del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social involucra a quinientos mil trabajadores mediante un ejercicio de voto personal, libre, directo y secreto en seiscientas setenta unidades electorales distribuidas en treinta y siete secciones del país.
El proceso de escrutinio y recuento se ejecutará de forma pública y transparente al finalizar la jornada programada para las veintiuna horas del catorce de octubre de 2026. Las comisiones locales sindicales levantarán un acta por triplicado con el registro numérico de los sufragios emitidos en las treinta y siete secciones sindicales y en el módulo central de la organización laboral.
- Sindicato: Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.
- Universo electoral: Cerca de 500,000 trabajadores de base con contrato vigente.
- Infraestructura: 670 unidades electorales y 37 secciones sindicales.
Estructura financiera de la propuesta salarial
La propuesta sometida a votación contempla un incremento salarial global del 6.8 por ciento, fraccionado en un 2.9 por ciento directo al sueldo tabular y un 3.9 por ciento asignado al concepto de ayuda de renta para el periodo 2026-2027.
Este ajuste económico fue pactado previamente entre el comité ejecutivo nacional del gremio, encabezado por Rafael Olivos Hernández, y las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social. La base trabajadora decidirá la aceptación o rechazo de estos porcentajes mediante el ejercicio comicial.
| Componente salarial | Porcentaje asignado | Destino presupuestal |
| Incremento global | 6.8% | Revisión salarial 2026-2027 |
| Sueldo tabular | 2.9% | Percepción directa |
| Ayuda de renta | 3.9% | Prestación económica |
Validez estatutaria y fiscalización institucional
El resultado mayoritario de la consulta constituirá la directriz obligatoria para que el Comité Ejecutivo Nacional determine las acciones conducentes en el proceso de revisión contractual.
La normativa interna estipula que los casos no previstos durante la aplicación de la convocatoria serán resueltos por la comisión nacional sindical con el respaldo técnico del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. La difusión de los cómputos finales se realizará en los puntos de mayor alcance definidos por la comisión seccional sindical dentro del plazo fatal de doce horas.










