Sean Diddy Combs fue reubicado desde Nueva Jersey hacia una prisión federal de baja seguridad en Pensilvania, tras revelaciones sobre consumo de alcohol de contrabando y uso clandestino de telefonía móvil.
Reubicación a Pensilvania y el perfil del centro penitenciario
La Oficina Federal de Prisiones ejecutó la reubicación de Sean Diddy Combs, de 56 años, desde la Institución Correccional Federal de Fort Dix hacia la Institución Correccional Federal de Allenwood Low.
La medida disciplinaria y de seguridad responde a filtraciones informativas sobre las condiciones de reclusión del magnate musical. El centro penitenciario de destino se encuentra situado al sur de Williamsport y a una distancia aproximada de 250 kilómetros al oeste de la ciudad de Nueva York.
- Entidad emisora: Oficina Federal de Prisiones de Estados Unidos.
- Origen del traslado: Institución Correccional Federal de Fort Dix, Nueva Jersey.
- Destino asignado: Institución Correccional Federal de Allenwood Low, Pensilvania.
- Distancia geográfica: Cerca de 250 kilómetros al oeste de Nueva York.
La defensa legal, representada por el portavoz Juda Engelmayer, declaró que las decisiones de ubicación corresponden exclusivamente a la autoridad penitenciaria, mientras el sentenciado mantiene su enfoque en el proceso legal en curso.
Infracciones normativas y pérdida de beneficios penitenciarios
El régimen de reclusión de Combs colapsó tras detectarse consumo de alcohol ilícito, servicios de servidumbre interna y el uso de dispositivos móviles prohibidos dentro del penal.
Un reporte previo de NBC News documentó que el empresario musical mantenía dinámicas de privilegio en Fort Dix. Entre las irregularidades figuraban la introducción clandestina de coñac Hennessy, la asignación de otros reclusos para labores de cocina, limpieza y masajes, y el acceso a redes sociales mediante un teléfono móvil de contrabando.
- Alcohol ilícito: Ingreso clandestino de Hennessy a las instalaciones.
- Servidumbre interna: Coacción o uso de otros internos para tareas domésticas y cuidado personal.
- Conectividad ilegal: Utilización de telefonía móvil no autorizada para revisión de plataformas digitales.
Consecuencia directa de estas faltas, la administración penitenciaria aplicó sanciones severas que modificaron el calendario de cumplimiento de la pena impuesta por delitos de transporte para fines de prostitución.
Sanciones disciplinarias y modificación temporal de la condena
La aplicación de medidas disciplinarias derivó en el aislamiento temporal del recluso y un retraso formal en su fecha proyectada de liberación.
A raíz de los hallazgos sobre el incumplimiento de las normas carcelarias, el recluso fue confinado inicialmente en la unidad de aislamiento, un área destinada a perfiles con incidencias disciplinarias graves. Adicionalmente, la administración federal aplicó un recorte de 41 días en la bonificación por buena conducta.
- Sanción temporal: Reclusión en la unidad de aislamiento de máxima seguridad.
- Pérdida administrativa: Descuento de 41 días en la reducción de condena por conducta.
- Nueva fecha de liberación: 2 de marzo de 2028.
Marco legal y judicial del caso
La situación procesal permanece sujeta a la resolución pendiente del Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito, donde la defensa argumenta excesiva severidad en la pena inicial dictada el año previo.










