Alejandro Peza/CARIBE PENINSULAR
CHETUMAL.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena revisar y emitir nuevas determinaciones sobre diversas quejas contra el senador Eugenio Segura Vázquez y la gobernadora Mara Lezama Espinosa, al revocar acuerdos partidistas que rechazaron denuncias por una supuesta coincidencia con otros procedimientos en trámite.
Durante la sesión del Pleno, las magistraturas resolvieron los juicios electorales JE/048/2026 y JE/051/2026, promovidos por Erikc Sánchez Córdova, al considerar que la instancia interna de Morena no justificó suficientemente las razones para desechar las quejas presentadas.
Uno de los expedientes está relacionado con 14 denuncias contra Eugenio Segura Vázquez por presuntas conductas de posicionamiento político mediante publicidad, encuestas, publicaciones, eventos y pintas de bardas.
El segundo asunto corresponde a una queja contra el senador y la gobernadora Mara Lezama, relacionada con su participación y la difusión del encuentro denominado Freedom 250, celebrado en Cancún.
Ante estas controversias, el TEQROO determinó que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena deberá realizar una comparación de los hechos denunciados con los de los procedimientos que presuntamente coinciden y emitir nuevas resoluciones debidamente fundamentadas y motivadas.
Para cumplir con esta determinación, el órgano partidista contará con un plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación de cada sentencia. También deberá pronunciarse, en su caso, sobre las medidas cautelares solicitadas por los denunciantes.
El Tribunal precisó que la revocación de estos acuerdos no significa que las conductas denunciadas estén acreditadas como infracciones electorales ni que las quejas deban admitirse automáticamente, sino que la autoridad partidista tendrá que justificar legalmente sus decisiones.
En la misma sesión, el Pleno resolvió el Juicio Electoral JE/036/2026, mediante el cual revocó un acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), relacionado con el supuesto incumplimiento de medidas cautelares.
La resolución obedeció a que la autoridad electoral utilizó una vía procesal cuya procedencia no fue debidamente justificada. Por ello, el Tribunal ordenó registrar el escrito como un Procedimiento Ordinario Sancionador y continuar con las actuaciones correspondientes.
La determinación establece que deberán conservarse las diligencias de investigación realizadas y los elementos obtenidos durante el procedimiento, con el propósito de dar continuidad al asunto por la vía legal correspondiente.
Por otra parte, las magistraturas determinaron el sobreseimiento de tres medios de impugnación: el Juicio de la Ciudadanía JDC/033/2026, el Juicio Electoral JE/025/2026 y el Juicio de la Ciudadanía JDC/032/2026.
Los tres expedientes estaban relacionados con acuerdos de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEQROO sobre medidas cautelares dictadas dentro de procedimientos ordinarios sancionadores.
En estos casos, el Tribunal concluyó que las controversias quedaron sin materia debido a un cambio en la situación jurídica, luego de que el Consejo General del IEQROO emitiera las resoluciones de fondo correspondientes.
En consecuencia, consideró que un nuevo pronunciamiento sobre la legalidad de las medidas cautelares ya no produciría efectos jurídicos útiles, por lo que procedía el sobreseimiento.
Con estas determinaciones, el TEQROO ordenó corregir actuaciones de autoridades partidistas y electorales, además de cerrar tres controversias que perdieron su materia de análisis, sin que ello implique un pronunciamiento sobre la responsabilidad de las personas señaladas en las quejas contra Morena.









