Un juez de proceso oral penal impuso una condena sin precedentes en Nuevo León al demostrarse la culpabilidad de un homicida en un fallo histórico bajo perspectiva de género.
La resolución marca un hito judicial en el estado al aplicar por primera vez esta óptica jurídica en un proceso de esta naturaleza. El tribunal determinó la responsabilidad penal de Julio César «N», de 35 años, tras comprobar su autoría material directa en los crímenes mediante pruebas científicas y operativas presentadas por la Fiscalía General del Estado.
Radiografía de una investigación con perspectiva de género
La fiscalía especializada sustentó la acusación mediante modelos de inteligencia jurídica y técnicas de litigación que garantizaron el reconocimiento a la identidad personal.
- Agente ministerial: Una representante de la Unidad de Investigación y Litigación Estatal reconstruyó la conducta dolosa del agresor con elementos probatorios.
- Debate judicial: La defensa presentó argumentos que fueron refutados y desacreditados por la fiscalía durante la audiencia de juicio oral.
- Valoración del juez: El impartidor de justicia otorgó valor probatorio pleno a las evidencias presentadas por la representación social.
Modus operandi y cronología de los crímenes en Monterrey y Guadalupe
El sentenciado empleó un patrón sistemático de violencia física para someter a ambas víctimas antes de consumar los homicidios por asfixia.
- Primer evento: Ocurrió el 26 de julio de 2024 en un motel de la colonia Crispín Treviño, en el municipio de Guadalupe, contra una mujer trans adulta identificada con las iniciales E. S. M.
- Segundo evento: Sucedió el 28 de agosto de 2024 en un domicilio de la colonia Terminal, en Monterrey, donde la víctima fue una mujer trans adulta con iniciales J. S.
- Mecánica de ejecución: El agresor utilizó un trozo de tela para atar el cuello de las víctimas y constreñir su respiración hasta provocarles la muerte.
Alcance de la pena privativa de libertad y reparación del daño
La sanción contempla el internamiento permanente del responsable en un centro penitenciario estatal y la obligatoriedad de cubrir los costos legales correspondientes.
- Duración de la condena: 96 años y cinco meses de prisión efectiva dentro de un Centro de Reinserción Social Estatal.
- Resarcimiento económico: Pago por reparación de daño en términos de ley, abarcando la indemnización por muerte y los gastos funerarios.
- Agravantes demostradas: La fiscalía acreditó violencia de género, lesiones infamantes, abandono de cuerpos con huellas de agresión y condiciones degradantes.









