
Redacción
CANCÚN.- En un fallo que marca un precedente en el acceso a la información pública, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucionales ciertos cobros establecidos por la Ley de Hacienda del Municipio de Tulum, Quintana Roo. La decisión, publicada el 4 de julio de 2025, responde a la Acción de Inconstitucionalidad 20/2023, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Este fallo invalida los artículos que imponían tarifas por la búsqueda y reproducción de documentos, argumentando que violan principios tributarios y de gratuidad.
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La sentencia, emitida el 25 de noviembre de 2024, se centra en los artículos 74, fracción V, inciso n), y 138 de la mencionada ley. La CNDH había presentado la demanda en enero de 2023, señalando que las tarifas eran desproporcionadas y no reflejaban los costos reales de los servicios. Este argumento fue clave para que la SCJN determinara la invalidez de las disposiciones, subrayando la importancia de la proporcionalidad en las contribuciones y el acceso gratuito a la información pública.
El artículo 74, fracción V, inciso n), establecía un cobro de 18 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por la búsqueda de documentos en el Registro Civil. La SCJN consideró que esta tarifa era excesiva, ya que la búsqueda de documentos no genera costos adicionales significativos. El tribunal desestimó el argumento del Poder Ejecutivo de Quintana Roo sobre los gastos en “horas hombre”, concluyendo que la cuota de $1,954.26 era injustificada.
Con información de msn.com