La Fiscalía General de la República incurre en desacato judicial al ocultar el expediente de la «verdad histórica» del caso Ayotzinapa, pese a las órdenes irrevocables de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Cronología de un litigio por la transparencia institucional
Un periplo legal de cuatro años antecede a la negativa sistemática de la fiscalía para entregar la carpeta de investigación solicitada.
- Agosto de 2022: Presentación de la solicitud inicial de transparencia para obtener una versión pública de la investigación sobre el caso Ayotzinapa.
- 15 de febrero de 2023: El extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ordena la entrega de la documentación en un plazo de 20 días.
- 25 de junio de 2025: La Suprema Corte de Justicia de la Nación emite un fallo definitivo que instruye a la FGR publicar la versión pública del expediente.
- Marzo de 2026: Constatación del incumplimiento de la sentencia judicial y presentación de un nuevo amparo ante un tribunal de Aguascalientes.
La estrategia burocrática y el uso de antiguos acusados
Fuentes cercanas al proceso revelan que la fiscalía articuló una maniobra jurídica utilizando a presuntos integrantes del grupo criminal Guerreros Unidos para frenar la publicidad de los documentos.
- Agustín García Reyes, alias Chereje: Presentó el primer amparo el 6 de marzo de 2023 con asesoría de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
- Coinculpados amparados: Jorge Luis Poblete Aponte, Patricio Reyes Landa, Salvador Reza Jacobo y Jonathan Osorio Cortés se sumaron a los recursos legales para evitar la apertura de la información.
- Liberación previa: Los promoventes de los amparos fueron detenidos en octubre de 2014 y liberados en 2018 tras determinarse que sus confesiones se obtuvieron bajo tortura.
- Testimonios castrenses: La intervención de la CEAV buscaba proteger la secrecía de declaraciones emitidas por elementos militares involucrados en las indagatorias.
Argumentos de seguridad y colisión con derechos humanos
La FGR y la CEAV justificaron la reserva de los archivos bajo premisas de seguridad nacional, riesgo para testigos protegidos y protección de la presunción de inocencia. Las dependencias señalaron que la filtración de datos pondría en peligro la integridad de personas procesadas y la viabilidad de la teoría del caso.
- 26 asesinatos: Cifra de testigos o personas relevantes en el caso ultimados hasta 2022, empleada como argumento de riesgo.
- Prevalencia del interés general: El fallo del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá determinó que el interés social por conocer las diligencias supera la reserva de la investigación.
- Prohibición legal: La legislación mexicana prohíbe la reserva de información en expedientes vinculados a violaciones graves de derechos humanos y delitos de lesa humanidad.
Parálisis institucional tras la desaparición del organismo garante
La extinción del INAI bajo la administración federal reconfiguró el panorama de acceso a la información pública, trasladando las obligaciones a nuevas oficinas gubernamentales que eluden la responsabilidad de hacer cumplir los fallos judiciales.
- Ámbito opaco: Autoridades federales escudan la falta de rendición de cuentas bajo el argumento del sigilo ministerial necesario para las indagatorias.
- Impunidad sistémica: El Instituto Nacional de Estadística y Geografía registra que el 99% de los delitos en el país permanece en la impunidad.
- Nuevo proceso legal: Ante la negativa de la FGR y de la nueva instancia de transparencia, el litigio regresó a los tribunales mediante un recurso en Aguascalientes para exigir el acatamiento de la sentencia suprema.









