Agencias
Playa del Carmen.- Un posible caso de crueldad animal, así como de negligencia laboral, es denunciado por ciudadanos que visitan el Parque Xcaret, quienes recabaron pruebas de la muerte de una guacamaya de cuya especie la empresa tiene en cautiverio.
Uno de los denunciantes afirmó: “Qué tal, quisiera realizar un reporte sobre la muerte de una guacamaya roja en el interior del Parque Xcaret, por negligencia de sus cuidadoras, tengo videos y fotos. La muerte sucedió dentro de las instalaciones del parque, ya se habían reportado varias veces la (necesidad de) reparación de los recintos y el jefe a cargo, Moisés Castillo hizo caso omiso de estos reportes. Sus cuidadoras encargadas Karina Bernal Guzmán, Berenice y Teresa”.
Los denunciantes agregan que el ejemplar era una cría destinada al vuelo del espectáculo nocturno que realiza Xcaret, el cual murió atorado de una pata en su recinto, cuando necesitaba que éstas personas lo cuidaran, ya que era muy pequeño. La guacamaya en su desesperación de liberarse se mutilo a sí mismo tres dedos para poder zafarse, estas tres personas no estaban en el área cuando debían estar cuidando al ejemplar.
“Se muestra en una foto su compañero guacamayo lleno de sangre al intentar aparentemente liberarlo. El ejemplar murió de una forma horrible. En Xcaret todo se ve muy bonito por fuera, sin jaulas, dicen. Pero la realidad es esta, así son tras rejas después que el público se va a casa”, enfatiza uno de los denunciantes.
Pero eso no es todo, también denuncian que los animales que intentan escapar los ponen en jaulas, como lograron documentar con fotografías y video de un ejemplar de puma, condenado a vivir en ese espacio tan pequeño, sin árboles, sin enriquecimientos; “sólo esperando su comida”.
Al respecto, el abogado José Félix López explica que, en Quintana Roo, el maltrato y la crueldad animal son delitos penados con cárcel, con sanciones que van desde seis meses hasta más de tres años de prisión, pudiendo alcanzar hasta 10 años en casos graves con muerte del animal. Las penas incluyen multas, aseguramiento de animales y se persiguen de oficio según el Código Penal del Estado.
El Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo en su capítulo II, de los Delitos Contra el Ambiente y la Fauna, en su artículo 179-Bis reza: «Al que injustificada e intencionalmente realice actos de crueldad en contra de cualquier especie animal, causándole maltrato evidente, pero que no pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de seis meses a un año de prisión y de veinticinco a cincuenta días multa».
Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal se incrementarán en una mitad de la pena señalada. Para los efectos del presente Capítulo se entenderá por animal, lo dispuesto en la Ley de Protección y Bienestar Animal del Estado de Quintana Roo.
SIM










