Por Alejandro Peza
CHETUMAL.- La posible determinación del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) de establecer que los partidos políticos postulen exclusivamente mujeres para contender por la presidencia municipal de Bacalar en la elección de 2027 podría generar una nueva cadena de impugnaciones ante los órganos jurisdiccionales electorales.
El abogado en materia electoral, Benjamín Vaca González, señaló que una medida de este tipo podría ser cuestionada por ciudadanos y partidos políticos, particularmente por aspirantes varones que consideren afectados sus derechos político-electorales.
De acuerdo con el abogado, la discusión se centra en los alcances de las acciones afirmativas en materia de paridad de género y en la posible afectación al derecho de los ciudadanos a ser votados.
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Vaca González sostuvo que establecer una candidatura reservada exclusivamente para un género podría vulnerar, desde su perspectiva jurídica, el derecho de los hombres de Bacalar a participar en condiciones de igualdad en el proceso electoral, derecho reconocido en el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La propuesta que analiza la Comisión de Igualdad y No Discriminación del Ieqroo forma parte de las medidas que el órgano electoral podría establecer para garantizar la participación política de las mujeres en aquellos municipios donde históricamente no se ha concretado una representación femenina en la titularidad de los ayuntamientos.
Sin embargo, el especialista consideró que cualquier determinación deberá tomar en cuenta tanto el principio de paridad como los derechos político-electorales de todos los ciudadanos que pretendan participar en la contienda.
“La ciudadanía debe decidir libremente en las urnas”, planteó Vaca González al referirse a la integración del próximo gobierno municipal de Bacalar.
Diversos aspirantes varones de distintas fuerzas políticas ya han planteado la posibilidad de acudir ante los órganos jurisdiccionales electorales.
Las eventuales impugnaciones podrían presentarse una vez que exista un acuerdo formal del Consejo General, pues sería entonces cuando los actores políticos y ciudadanos afectados contarían con los mecanismos legales para controvertir la determinación.
El tema podría trasladar nuevamente al ámbito de los tribunales la discusión sobre los límites y alcances de las acciones afirmativas, la paridad de género y el derecho de la ciudadanía a participar en los procesos electorales.









