Corte avala Ley Manu en Puebla: Revés al castigo severo por falta de seguro

La suprema corte avala Ley Manu Puebla, pero invalida castigo por falta de seguro. Analizamos el fallo de la SCJN que modera la sanción vial y sus implicaciones para la seguridad.
Corte avala Ley Manu en Puebla: Revés al castigo severo por falta de seguro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo crucial sobre la Ley Manu de Puebla. Aunque la corte avala Ley Manu Puebla, especialmente la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil, invalidó la polémica sanción de hasta diez años sin licencia. Este veredicto reconfigura la justicia vial en el estado.

El veredicto de la suprema corte: Entre la validación y la invalidación

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el 06 de octubre de 2025 artículos clave de la “Ley Manu” de tránsito en Puebla. Esta legislación, inspirada en Emmanuel “Manu” Vara, joven atropellado en su bicicleta en 2018, busca fortalecer la seguridad vial. Sin embargo, la resolución de la SCJN presenta un matiz significativo que merece un análisis profundo.

El fallo confirmó la obligación fundamental de contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, una medida esencial para la protección de víctimas en accidentes viales. No obstante, invalidó la sanción que preveía cancelar la licencia de conducir hasta por diez años a quienes no contaran con dicho seguro. Esta decisión generará un debate entre los defensores de la seguridad vial y los juristas.

La voz de la sociedad civil y la impugnación legal

Durante la sesión del Pleno, un grupo de cinco integrantes de la asociación civil Manu Vive se hizo presente en el salón de ministros. Una de ellas sostuvo un cartel con la fotografía del joven fallecido y de una bicicleta, junto a la contundente leyenda: “La lucha sigue. No más muertes viales”. Su presencia subraya la presión social y la relevancia de este tema para la ciudadanía.

La Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, promulgada el 5 de diciembre de 2023, fue objeto de una acción de inconstitucionalidad 1/2024, interpuesta por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla. Este organismo cuestionó seis de sus artículos, alegando presuntas violaciones a los derechos de libre tránsito y movilidad, lo que llevó el caso a la máxima instancia judicial del país.

Claves del dictamen: Argumentación jurídica y votos divididos

Con base en un proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, la Corte declaró por mayoría calificada la validez de los artículos 26, fracción XXX; 73, fracción VI; 127; 153 y 164. Los argumentos del organismo impugnador fueron considerados infundados para estas secciones de la ley.

La sanción desproporcionada: Un punto de inflexión

No obstante, la Corte invalidó parcialmente el artículo 168 por ocho votos contra uno, siendo el ministro Giovanni Figueroa Mejía el único disidente. La justificación fue que la sanción de cancelar la licencia de conducir por hasta diez años por no contar con seguro de responsabilidad civil era “ineficaz, excesiva y desproporcionada” para el fin que buscaba. La ministra Batres argumentó con precisión:

  •  Ineficacia: La medida no tiene por objeto prevenir o inhibir alguna conducta que provoque una disminución de accidentes.
  •  Falta de efectividad: En los hechos, no contribuye a la seguridad vial de las personas.
  •  Mitigación de riesgos: No mitiga los riesgos que implica la actividad regulada.

Otras confirmaciones relevantes

Por otra parte, dentro de los artículos que sí fueron avalados, se confirmó una suspensión de un año de la licencia para quienes conduzcan en Puebla en estado de ebriedad. Esta medida reafirma el compromiso con la penalización de conductas que atentan directamente contra la seguridad vial.

La decisión de la SCJN reabre el debate sobre la proporcionalidad de las penas y la efectividad real de las leyes en la prevención de accidentes viales. ¿Cómo impactará este matiz legal en la seguridad de las calles poblanas y en el futuro de las legislaciones de movilidad a nivel nacional?

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