La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) establecerá una suspensión gradual de líneas móviles sin registro a partir del 15 de agosto, iniciando con dígitos 0 y extendiéndose hasta diciembre, para combatir el fraude y la extorsión.
El quiebre del anonimato: La CRT intensifica el registro de líneas
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones impulsa el registro nacional de usuarios para combatir el delito y asegurar la identificación de los titulares.
Con más de 63 millones de líneas celulares ya vinculadas al registro nacional, la CRT ha establecido una prórroga mediante un calendario escalonado para los usuarios que aún no han completado el trámite. Ricardo Castañeda, director de Política Regulatoria de la CRT, precisó en «Noticias de la Mañana con Mario Maldonado» de Heraldo Televisión (Heraldo Media Group) que el plazo general de registro venció el 30 de junio. A partir de esta fecha, se iniciará un proceso de suspensión temporal para los números no vinculados, siguiendo el último dígito de cada línea telefónica. Esta medida estratégica busca eliminar el anonimato asociado a la adquisición y uso de tarjetas SIM, especialmente en el segmento de prepago, que concentra la mayoría de líneas móviles del país. El objetivo principal es que las autoridades puedan identificar al titular de un número telefónico al investigar un delito, facilitando las labores de inteligencia y procuración de justicia contra la extorsión y el fraude.
Calendario escalonado: Fechas límite para cada último dígito
El proceso de suspensión temporal comenzará el 15 de agosto con terminación 0, avanzando cada 15 días hasta el 31 de diciembre.
El calendario oficial de suspensión de líneas no registradas se estructura de la siguiente forma, aplicando la medida según el último dígito del número telefónico:
- 15 de agosto: Líneas con terminación en 0.
- 31 de agosto: Líneas con terminación en 1.
- 15 de septiembre: Líneas con terminación en 2.
- 30 de septiembre: Líneas con terminación en 3.
- Sucesivamente cada 15 días: Hasta el 31 de diciembre para las líneas con terminación en 9.
Suspensión temporal: Restricciones y pronta reactivación del servicio
La suspensión temporal permite llamadas de emergencia y a operadores, y el servicio se restablece inmediatamente tras completar el registro.
Ricardo Castañeda enfatizó que la aplicación de esta medida no constituye la cancelación definitiva del número telefónico. Durante el periodo de suspensión, los usuarios afectados únicamente podrán realizar llamadas de emergencia o comunicarse directamente con su operador para completar el registro pendiente. Una vez que el proceso de vinculación se haya realizado y validado, el servicio de telefonía móvil será restablecido de manera inmediata, garantizando la continuidad del usuario.
Coraza de datos: Seguridad y método para el registro móvil
El registro exige una identificación oficial, sin que el gobierno centralice datos biométricos o copias de documentos de los usuarios.
Protección del usuario y privacidad: Qué datos resguardan las operadoras
Las empresas de telefonía conservan nombre, CURP y número telefónico, sin almacenar identificaciones ni datos biométricos.
Sobre la protección de datos personales, Castañeda aseguró que la administración pública no concentra la información de los usuarios. Cada empresa de telefonía es la única responsable de resguardar en sus propias bases de datos el nombre del titular de la línea, su Clave Única de Registro de Población (CURP) y el número telefónico asociado. Afirmó explícitamente que los operadores no almacenan copias de identificaciones oficiales, fotografías, ni datos biométricos de los usuarios, blindando la privacidad.
Vías y requisitos para la vinculación
El trámite de registro puede realizarse a distancia o presencialmente, requiriendo una identificación oficial para su validación.
El registro de la línea telefónica puede efectuarse a través de dos canales principales: de forma remota, directamente desde el teléfono celular, o de manera presencial en cualquiera de los centros de atención de cada operador de telefonía móvil. Para completar el trámite, los usuarios deben presentar una identificación oficial vigente, que puede ser la credencial del Instituto Nacional Electoral (INE), el Pasaporte o, en su defecto, la CURP biométrica. La CRT reitera la importancia de completar este proceso antes de la fecha de suspensión correspondiente a cada terminación numérica para evitar interrupciones en el servicio.










