Impugnan ante el Teqroo exoneración de Eugenio Segura por bardas

Redacción

CANCÚN.- Un juicio electoral fue promovido ante el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) para impugnar el acuerdo mediante el cual la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo  (Ieqroo) exoneró al senador Eugenio Segura Vázquez por la aparición de aproximadamente 70 bardas en Cancún y Playa del Carmen con frases como “Morena está con GINO”, “Es GINO”, “GINO cumple” y otros mensajes vinculados a Morena y a la llamada 4T.

Se combate el indebido valor que le otorgó la autoridad denunciada al deslinde”, sostiene el recurso, al argumentar que el escrito de defensa presentado por el Senador ante el Ieqroo presentado por el senador únicamente expresó que no autorizó la pinta de bardas y pidió a Morena retirarlas, pero sin acreditar acciones eficaces para impedir o eliminar esa propaganda.

La impugnación fue presentada contra el acuerdo IEQROO/CQyD/A-MC-003/2026, aprobado el 26 de marzo, en el que la autoridad electoral consideró suficiente el deslinde de Eugenio Segura dentro del expediente IEQROO/POS/003/2026 y sus acumulados, relacionados con propaganda detectada en distintos puntos de Cancún y Playa del Carmen.

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Aunque el Ieqroo determinó que el contenido de las bardas podía generar promoción personalizada, la medida cautelar no ordenó al senador borrar directamente la propaganda, sino que pidió a los ayuntamientos de Benito Juárez y Playa del Carmen realizar el retiro o cobertura del contenido dentro de un esquema de colaboración institucional.

El recurso sostiene que ese criterio confirma la inconsistencia del acuerdo, porque el deslinde no fue oportuno ni eficaz: no identificó responsables materiales, no acreditó gestión directa para borrar las bardas y trasladó el retiro a terceros, pese a que el beneficio político recae en el senador.

Beneficio político

La impugnación también plantea que las frases pintadas generan un beneficio político directo al senador, al invocar la doctrina de las equivalencias funcionales desarrollada por la justicia electoral federal, que permite considerar propaganda electoral indirecta aun cuando no exista llamado explícito al voto.

Como ejemplo, se cita que la expresión “va con Morena” comunica alineación política directa entre Eugenio Segura y Morena, por lo que en contexto puede interpretarse como un mensaje de respaldo electoral anticipado.

El escrito además atribuye posible culpa in vigilando a Morena por permitir el uso de su logotipo fuera de tiempos electorales y no impedir la difusión de mensajes partidistas en bardas.

A diferencia de este caso, el recurso sostiene que el retiro de la propaganda debió recaer directamente en el beneficiario de los mensajes y no en autoridades municipales, por lo que pide al TEQROO revocar el acuerdo impugnado, ordenar una nueva resolución y disponer que el senador asuma esa obligación, además de imponer sanciones por presuntos actos anticipados de promoción personalizada fuera de precampaña o campaña.

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