Un revés judicial sin precedentes ha detenido la ambiciosa ampliación del puerto de altura de Progreso. Un Tribunal Colegiado Federal concedió la suspensión provisional del dragado y relleno de más de 80 hectáreas. Esta medida responde a un juicio de amparo promovido por activistas, quienes denuncian la omisión de estudios de impacto ambiental esenciales.
La orden judicial que paraliza la obra en Yucatán
Un Tribunal Colegiado Federal ordenó la suspensión inmediata del dragado y relleno de más de 80 hectáreas en el puerto de altura de Progreso, Yucatán. Esta acción se concretó tras conceder una suspensión provisional dentro del juicio de amparo 1919/2025.
La resolución fue emitida por el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del 14o. Circuito. La determinación judicial se basa en la denuncia de afectaciones al ecosistema marino y la falta de estudios ambientales debidamente acreditados por la autoridad ejecutora.
Implicaciones para la Administración Portuaria Nacional
Como parte de la instrucción judicial, se ordenó detener las obras de manera inmediata y notificar a todas las autoridades involucradas en el proyecto. La Administración del Sistema Portuario Nacional Progreso (Asipona) fue señalada como una de las principales responsables.
La Asipona deberá acreditar el cumplimiento estricto de la medida cautelar en un plazo perentorio de 24 horas. El incumplimiento de esta orden implica un severo apercibimiento legal contra la institución. Cabe señalar que la Asipona tendrá hoy viernes una audiencia crucial a raíz del juicio de amparo promovido por las obras.
Argumentos clave: la ausencia de garantías ambientales
El recurso legal que originó la suspensión fue promovido por un grupo de activistas, comunidades costeras y colectivos ambientales.
Los abogados Juan Andrés Medina Rejón y José Alfredo Uicab Panti, representantes legales de los promoventes del amparo, señalaron que las labores de dragado y la consecuente ampliación del puerto se iniciaron sin contar con los requisitos legales y ambientales obligatorios.
Los demandantes citaron la ausencia de elementos esenciales, lo cual justifica la suspensión:
- Permisos correspondientes: No se acredita la validación para la ejecución de la obra.
- Manifestación de Impacto Ambiental (MIA): El estudio fundamental que evalúa las consecuencias de la obra no fue presentado o validado.
- Estudios técnicos: Se omitieron los estudios batimétricos y morfológicos necesarios para comprender la afectación del fondo marino.
La defensa del ecosistema y la pesca ribereña
El abogado Medina Rejón afirmó que la medida otorgada por el Tribunal es un «paso clave» en la defensa de los recursos naturales y los derechos de la población local.
“La medida otorgada es un paso clave para proteger el mar, la pesca ribereña y los derechos de las comunidades costeras. El dragado no puede continuar sin garantías ambientales ni consulta pública”, expresó Medina Rejón.
El amparo fue impulsado por comunidades específicas de Progreso, Chicxulub y Chelem, en el estado de Yucatán, quienes denunciaron formalmente la ausencia de una consulta pública efectiva. Además, acusaron la omisión de una evaluación científica adecuada y la falta de consideración de los impactos acumulativos que las obras podrían provocar en la costa y en el ecosistema marino.
Riesgo de daño irreparable y vigilancia ciudadana
El Tribunal consideró que los actos reclamados por los promoventes representan un riesgo de daño ambiental de carácter irreparable. Por esta razón, la autoridad judicial determinó suspender los trabajos de manera inmediata hasta que se resuelva la situación legal del proyecto en su etapa definitiva.
La autoridad judicial ordenó, además, notificar a las partes demandadas y a la Asipona Progreso para que estas vigilen y acrediten cabalmente el cumplimiento de la suspensión otorgada.
El abogado Juan Andrés Medina Rejón hizo un llamado directo a la sociedad civil, a los medios de comunicación y a las organizaciones independientes. Les solicitó vigilar el cumplimiento de la orden judicial y exigir la máxima transparencia en todas las obras que se realizan en el puerto de Progreso. “El derecho a un medio ambiente sano es un derecho constitucional. No podemos permitir que se destruyan nuestros ecosistemas marinos sin estudios, sin información y sin responsabilidad social”, concluyó el abogado.
El futuro de la expansión portuaria de Progreso ahora pende de la deliberación judicial. El proceso continuará en los próximos días, cuando el tribunal determine si procede la suspensión definitiva. De ser otorgada, esta medida podría mantener detenidas las obras por un periodo indefinido hasta que el fondo del amparo sea resuelto, sentando un precedente significativo en la batalla entre desarrollo económico y protección ambiental en México.









