STPS modifica porcentajes de exclusión: ¿Más obstáculos para la seguridad social digital?

La STPS modificó porcentajes de exclusión para trabajadores de plataformas digitales. ¿Lograrán más choferes y repartidores acceder a la seguridad social?
STPS modifica porcentajes de exclusión: ¿Más obstáculos para la seguridad social digital?

La secretaría del trabajo y previsión social ha reformado los criterios para calcular el ingreso neto mensual de trabajadores de plataformas digitales, impactando su acceso a la seguridad social. Esta decisión, en la segunda fase del plan piloto, genera incertidumbre sobre el futuro de los choferes y repartidores.

Un cambio clave en el plan piloto

En el arranque de la segunda etapa del plan piloto para los trabajadores de plataformas digitales, la secretaría del trabajo y previsión social (STPS) publicó un acuerdo fundamental. Este acuerdo modifica los porcentajes de exclusión, un criterio esencial para el cálculo del ingreso neto mensual (INM) de conductores y repartidores. El objetivo es que estos trabajadores, que incluyen tanto a choferes de automóviles como a repartidores de alimento o mercancía, puedan acceder a la seguridad social de manera plena. La medida entra en vigor a partir de este 1º de octubre de 2025.

Nuevos porcentajes de exclusión: Una sorpresa al alza

Contrario a lo que se tenía previsto, los porcentajes de exclusión aplicados en esta fase serán mayores a los iniciales. Desde el 1º de octubre y hasta diciembre, los trabajadores de plataformas que conduzcan automóvil por aplicación enfrentarán un porcentaje de exclusión del 55 por ciento. Para quienes presten sus servicios a través de motocicleta, se aplicará un factor del 40 por ciento, mientras que para los no motorizados, será del 12 por ciento. Estos porcentajes para motocicleta y no motorizados serán aplicables hasta el 1º de enero del 2026.

Este nuevo parámetro es significativamente mayor al establecido inicialmente en las disposiciones publicadas en junio pasado, cuando se había previsto un factor de exclusión del 36 por ciento para automóviles y 30 por ciento para motocicletas, manteniendo el 12 por ciento para no motorizados.

El antecedente de la primera fase: Baja cobertura

La primera fase del plan piloto ya había establecido porcentajes de exclusión más elevados: 60 por ciento para conductores de automóvil, 50 para motocicletas y 15 por ciento para no motorizados. Esta configuración previa tuvo consecuencias directas en la cobertura de la seguridad social. De los 980 mil trabajadores que se beneficiaron de la reforma en el segundo mes de la prueba piloto, solo 133 mil lograron superar el umbral del ingreso neto mensual (INM) necesario para acceder al régimen completo de seguridad social.

El INM se calcula como el ingreso total del trabajador, menos el porcentaje de exclusión. Este último valor representa el costo de las herramientas de trabajo esenciales para su labor. Las disposiciones generales definieron tres categorías de trabajadores y sus respectivos porcentajes a descontar de los ingresos brutos mensuales para determinar el INM. La base legal de esta reforma se asienta en la modificación del artículo segundo transitorio de las «Disposiciones de carácter general que determinan los procedimientos relativos al cálculo del ingreso neto de las personas trabajadoras de plataformas digitales», según el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.

La revisión de estos porcentajes, lejos de facilitar el acceso a la seguridad social, parece presentar nuevos desafíos. ¿Cómo impactará esta decisión en la ya precaria situación de los trabajadores de plataformas digitales y en la visión a largo plazo de una protección social inclusiva en el país?

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