
Y de repente, regresaron viejos fantasmas con la reforma al artículo 182 del Código Penal
Activistas sostienen que se criminaliza la protesta social, mientras que desde el Gobierno se asegura que en realidad no hay tal reforma y que los criterios para normar manifestaciones en vías de comunicación e instalaciones públicas ya estaban desde 1991.
Pero no deja de causar cierto temor que la 4T tenga malas influencias de personajes del PRI, que a través del Verde, se colaron al “lado correcto de la historia”.
En marzo de 2014, en los tiempos del autoritarismo borgista, el entonces diputado del PRI, Juan Carrillo, presentó una iniciativa similar.
El portal Proceso reseñó, el 23 de marzo de 2014:
“Bajo el nombre de Ley de Cultura Cívica del Estado de Quintana Roo, el PRI, que domina el Congreso del estado, busca prohibir las protestas en la entidad.
La iniciativa fue presentada por el diputado priista Juan Carrillo Soberanis, uno de los legisladores más cercanos al gobernador Roberto Borge y quien cobró notoriedad como líder estatal del Frente Juvenil Revolucionario (FJR) al encabezar acciones, con integrantes de esa agrupación priista, para sabotear actos de campaña del excandidato presidencial de la izquierda, Andrés Manuel López Obrador.”
Esta iniciativa incluía:
- Facultar a la autoridad para intervenir si en una protesta “se altera el funcionamiento de las instituciones que prestan algún servicio, la paz, la tranquilidad de las comunidades, o se impide el normal desarrollo de las actividades de los demás habitantes o sus derechos humanos, o se profieren injurias, o se hace uso de violencia o de amenazas para intimidar u obligar a que alguna autoridad resuelva en el sentido que deseen los manifestantes”.
- Prohibición de llevar a cabo bloqueos, advirtiendo que estos serían disueltos de manera inmediata.
- Cuando las manifestaciones tengan lugar en vías públicas, el paso de los participantes no deberá obstruir más de la mitad de los carriles y, cuando la vía pública lo permita, los manifestantes deberán usar los carriles laterales.
- En el caso de manifestaciones en áreas prohibidas, la autoridad apercibiría a los manifestantes para que dejen de realizar esta conducta y, en caso de negativa, tomaría las medidas conducentes para reencauzarlos a las zonas permitidas.
- En el caso de manifestaciones, marchas o plantones, los participantes deberían abstenerse de realizarlas en espacios públicos con valor histórico, cultural, turístico, arquitectónico o de importancia para el desarrollo del estado, o en sus accesos, con la finalidad de salvaguardar las actividades económicas, la generación de empleos y la estabilidad política, económica y social de Quintana Roo.
- Se obligaba a los participantes en manifestaciones, marchas y plantones a responder directamente cuando “causen daños a los bienes o derechos de terceros”, independientemente de la responsabilidad administrativa, civil y penal que resultara.
Se trataba de un despropósito de un gobernador e incondicionales a la deriva. Obvio, al final la mayoría priista de ese entonces metió reversa.
Por cierto, Juan Carrillo ahora es parte de la 4T, como diputado federal del PVEM.