Agencias
CANCÚN.- Los lineamientos generales para la expedición de visas que emiten las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores fueron publicados hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los cuales buscan agilizar los trámites y mejorar la atención en los consulados.
En dicho documento se detallan los requisitos y procedimientos que se deberán aplicar para la atención a las solicitudes de visa ordinaria en las oficinas consulares o en las oficinas de atención a trámites del Instituto Nacional de Migración, así como las tramitadas a través de medios y registros electrónicos.
Uno de los principales cambios es la digitalización de los expedientes de solicitud. En adelante, según este documento, la SRE recabará datos biométricos, electrónicos y con certificado digital, lo que eliminará la necesidad de entregar fotografías impresas y copias físicas de documentos.
Otro componente que se destaca es un nuevo sistema operado directamente por la SRE para expedir visas electrónicas.
Esto permitirá, según el documento, que personas extranjeras, cuyas nacionalidades determine el Estado mexicano, puedan obtener su visa de manera completamente digital.
“Se podrá recibir la solicitud de visa por medios y registros electrónicos de acuerdo con lo señalado en los presentes Lineamientos, en los casos de reciprocidad internacional o de interés para el Gobierno de México, cuando las personas extranjeras cuyas nacionalidades determine el Estado mexicano, pretendan internarse por vía aérea como visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, especifica el documento.
La autoridad migratoria también podrá permitir la presentación de la solicitud y la expedición de la visa de visitante por medios y registros electrónicos a las personas extranjeras que pretendan internarse por vía aérea.
Además de facilitar los trámites, la visa electrónica garantizará la seguridad del documento y su portabilidad, en cumplimiento con la Ley de Migración.
Los nuevos lineamientos también establecen los requisitos y procedimientos para atender solicitudes de visa ordinaria tanto en oficinas consulares como en las delegaciones del Instituto Nacional de Migración.
Los presentes lineamientos entrarán en vigor a los quince días naturales siguientes a su publicación en el DOF.
Por otro lado, las disposiciones aplicables a la presentación de solicitud de visa electrónica estarán sujetas a la implementación del sistema del que disponga la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los 180 días naturales a partir de la entrada en vigor de estos lineamientos.
SIM