Pensión ISSSTE febrero 2026: La clave del pago, ajustes y el cambio por la UMA

El depósito de la pensión ISSSTE de febrero 2026 cae el 30 de enero. Conozca las fechas, los ajustes por la UMA y los pasos si su pago se retrasa.
Pensión ISSSTE febrero 2026: La clave del pago, ajustes y el cambio por la UMA

La primera transferencia del año que no incluye aguinaldo siempre genera dudas, especialmente cuando hay ajustes administrativos de por medio. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tiene programado el depósito de la pensión correspondiente al mes de febrero de 2026 para el próximo 30 de enero de 2026. Este pago se rige por el Calendario Oficial de Pagos 2026 y es clave conocer los detalles del ajuste por la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que entrará en vigor.

La fecha exacta y la mecánica del depósito de febrero

El depósito cubre la mensualidad de febrero de 2026, aplicando la regla de pago por mes adelantado. Históricamente, el dinero suele estar disponible en las cuentas bancarias desde las primeras horas del viernes 30 de enero.

Es importante recordar la secuencia de los pagos recientes, ya que puede confundir a los beneficiarios. El pago de la mensualidad de enero de 2026, junto con la segunda parte del aguinaldo, se dispersaron a inicios de ese mes, específicamente el 2 de enero de 2026. Por lo tanto, el depósito del 30 de enero ya regresa a ser únicamente el monto ordinario de la mensualidad.

Esquema de recepción de la pensión

Los pagos de la pensión del ISSSTE para 2026 se realizan bajo el esquema tradicional de depósito bancario directo. Esto significa que el monto se ingresa automáticamente en la cuenta bancaria que el trabajador proporcionó al realizar su trámite de jubilación.

Una vez recibido el dinero, el pensionado puede disponer de él de varias maneras:

  • Uso de tarjeta de débito en cajeros automáticos.
  • Realizar compras en establecimientos.
  • Mediante la banca móvil de su institución financiera.

El impacto del ajuste por la UMA

El pago del 30 de enero es significativo porque marca la entrada en vigor de la actualización anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo nuevo valor empieza a regir el 1 de febrero. Debido a esto, algunas pensiones verán reflejado un ajuste al alza.

Es fundamental que los jubilados verifiquen sus conceptos de pago. La forma más sencilla de hacerlo es mediante la consulta digital de los comprobantes fiscales.

Consulta y descarga de comprobantes

El ISSSTE permite a los beneficiarios descargar sus talones de pago (comprobantes fiscales) de manera digital a través de la Oficina Virtual SINAVID. Para acceder, solo se requiere ingresar con el CURP y la contraseña generada.

Perfiles incluidos en el pago de enero

El pago del 30 de enero de 2026 está destinado a todas las personas pensionadas y jubiladas que se encuentran bajo el régimen del ISSSTE.

Dentro de este grupo amplio, se incluyen diversos perfiles de beneficiarios que van más allá del trabajador directo:

  • Jubilados por años de servicio: Ex-trabajadores del Estado que cumplieron con el tiempo laboral y la edad requeridos.
  • Pensionados por edad y tiempo de servicios: Aquellos que alcanzaron el retiro mediante estas modalidades.
  • Beneficiarios por causas de fallecimiento: Incluye a quienes reciben pensión por viudez, orfandad o ascendencia.
  • Pensionados por riesgos de trabajo o invalidez: Personas que obtuvieron su retiro por condiciones de salud o accidentes laborales.

Casos especiales y la Pensión para el Bienestar

Si bien el pago del 30 de enero es ordinario, algunos beneficiarios que reciben pagos duales podrían haber visto movimientos atípicos a principios de mes. Aquellos adultos mayores que también reciben la Pensión para el Bienestar (cuyos pagos bimestrales de $6,400 arrancaron a inicios de enero) ya recibieron esa dispersión, por lo que el pago del ISSSTE es independiente.

Beneficiarios por modalidad: quién recibe el pago

Los beneficiarios de modalidades específicas son aquellas personas que reciben el pago basándose en una condición particular, como el parentesco con un trabajador fallecido o una incapacidad, y no necesariamente por años de servicio propios.

1. Pensiones por causa de muerte

Si el trabajador o pensionado titular fallece, los siguientes familiares directos pueden ser beneficiarios, siempre que cumplan con los criterios de dependencia:

  • Viudez: La esposa o concubina (o el esposo o concubinario si este dependía económicamente).
  • Orfandad: Hijos menores de 18 años. Esta cobertura se puede extender hasta los 25 años si están estudiando en el Sistema Educativo Nacional.
  • Ascendencia: Padres del trabajador fallecido, siempre que demuestren dependencia económica y no existan cónyuge o hijos con derecho a la pensión.

2. Pensiones por invalidez y riesgos de trabajo

  • Incapacidad total o parcial: Personas que han sufrido un accidente o enfermedad laboral que les impide continuar trabajando.
  • Invalidez: Trabajadores con una enfermedad ajena al trabajo que los inhabilita físicamente.

3. Modalidades por edad (régimen Décimo Transitorio)

Para quienes se encuentran bajo el régimen del Décimo Transitorio, en 2026 entraron en vigor ajustes en la edad mínima de jubilación:

  • Hombres: Pueden jubilarse a partir de los 58 años.
  • Mujeres: Pueden jubilarse a partir de los 56 años.

4. Beneficiarios de cuentas individuales

En esta modalidad, los trabajadores que deseen un Retiro Anticipado pueden hacerlo si, independientemente de su edad, cuentan con saldo suficiente en su Afore para contratar una renta vitalicia superior al 30% de la pensión garantizada.

Todos estos beneficiarios verán reflejado su depósito el 30 de enero y podrán consultar su comprobante de pago digital en la Oficina Virtual del ISSSTE para verificar conceptos como el aumento por la UMA.

Trámites y requisitos esenciales en el ISSSTE

Saber cómo actualizar datos o tramitar un beneficio es tan clave como saber la fecha del depósito. Aquí están los pasos generales para las situaciones más comunes:

Para consultar o actualizar datos de un beneficiario

Si usted ya es pensionado y quiere que alguien reciba el pago en caso de fallecimiento o desea actualizar su información personal:

  • A dónde acudir: Debe presentarse en la oficina de Pensiones de la Delegación Estatal o Regional del ISSSTE más cercana a su domicilio.
  • Documentos básicos: Se solicitan la identificación oficial (INE/Pasaporte), el CURP del titular y del beneficiario, y el acta de nacimiento o de matrimonio que acredite el parentesco.
  • Vía en línea: Puede revisar quiénes están registrados como sus familiares derechohabientes ingresando a la Oficina Virtual SINAVID.

Para tramitar una pensión por viudez u orfandad

Si el titular falleció y usted necesita reclamar el pago como familiar:

  • Requisito clave: El titular debe haber tenido al menos 15 años de servicio o haber sido pensionado vigente.
  • Documentación necesaria: Acta de Defunción del titular (original), Acta de Matrimonio (con fecha posterior al fallecimiento) o Acta de Nacimiento de los hijos, identificación oficial del beneficiario y el último comprobante de pago del trabajador o pensionado.
  • Cita: Se recomienda agendar una cita vía telefónica al ISSSTETEL (55 4000 1000) antes de acudir.

Requisito de supervivencia y calendario oficial

Aunque ya no es obligatorio acudir físicamente a «pasar revista» de forma general, el ISSSTE realiza cruces de datos con el Registro Civil. Sin embargo, para beneficiarios en el extranjero o casos muy específicos, se debe tramitar el Certificado de Supervivencia para no suspender el pago del 30 de enero.

Calendario oficial de pagos 2026

El ISSSTE ha publicado el Calendario Oficial de Pagos 2026 para jubilados y pensionados. Los depósitos se realizan, en general, el último día hábil del mes anterior al que se paga:

Nota importante: El pago de diciembre se adelanta al 27 de noviembre junto con la segunda parte del aguinaldo para algunos regímenes.

Qué hacer si el depósito no se refleja el 30 de enero

Si llega el 30 de enero y el depósito no se ve reflejado, la calma es importante, pero la acción debe ser inmediata. Este es el procedimiento a seguir:

1. Verifica en el portal oficial

Antes de realizar cualquier llamada, acceda a la Oficina Virtual SINAVID y descargue su talón de pago.

  • Si el talón existe: El problema es de su banco. Llame a la línea de atención de su institución financiera para ver si hay un retraso en la dispersión.
  • Si el talón NO aparece: El ISSSTE detuvo el pago debido a una inconsistencia administrativa.

2. Contacta a ISSSTETEL

Llame de inmediato a la línea de atención nacional para que un operador pueda verificar el estatus de su nómina:

  • Teléfono de contacto: 55 4000 1000 (válido para Ciudad de México y resto del país).
  • Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas; sábados de 8:00 a 16:00 horas.

3. Acude a la delegación (atención ciudadana)

Si la resolución telefónica no es viable, debe asistir físicamente al área de Pensiones de la Delegación del ISSSTE que le corresponda. Lleve consigo la identificación oficial (INE), el último comprobante de pago que tenga y el estado de cuenta bancario donde se vea que el depósito no ingresó.

Razones comunes por las que se suspende el pago

Las suspensiones ocurren principalmente por medidas de seguridad o inconsistencias detectadas:

  • Falta de actualización de datos, especialmente si se cambió de domicilio o de cuenta bancaria recientemente.
  • Inconsistencia en el CURP, si hubo una unificación de cuentas o un error en el sistema de RENAPO.
  • Supervivencia: Aunque la revisión ya no es presencial, si el Registro Civil reportó algún dato erróneo, el pago se bloquea preventivamente.

El sistema de pensiones del ISSSTE requiere de vigilancia constante por parte del beneficiario, no solo para asegurar que el depósito caiga el día 30 de enero, sino también para garantizar que los montos (como el ajuste por la UMA) se apliquen correctamente. Revisar el talón de pago en SINAVID se convierte así en una tarea mensual obligatoria para cualquier pensionado que desee tener certeza sobre sus ingresos. ¿Está usted preparado para verificar si el ajuste anual ya se reflejó en su cuenta?

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