El descanso obligatorio programado para el lunes 2 de febrero de 2026 se debe a la conmemoración del Aniversario de la Constitución Mexicana (originalmente el 5 de febrero), y no al Día de la Candelaria. Si las personas trabajadoras son requeridas para laborar en esta fecha feriada, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el empleador debe pagar, además del salario diario habitual, un salario doble por el servicio prestado, resultando en un pago total equivalente al salario triple por esa jornada.
Esta modificación legal genera el primer fin de semana largo oficial del año, conocido como «puente», que inicia el sábado 31 de enero y concluye el lunes 2 de febrero, asegurando tres días consecutivos de descanso para quienes tienen esquemas laborales tradicionales de cinco días. Es clave entender la base legal de este descanso para garantizar la correcta compensación, especialmente en estados como Yucatán, donde se confirmó que este día es inhábil.
Por qué el 2 de febrero de 2026 es un día feriado oficial
Existe una confusión recurrente en México, ya que el 2 de febrero es la fecha del arraigado culturalmente Día de la Candelaria. Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo (LFT), específicamente en su artículo 74, no incluye esta festividad religiosa como un día de descanso obligatorio.
La razón por la que sí hay puente oficial en 2026 es el ajuste que realiza la LFT para la conmemoración del Aniversario de la Constitución Mexicana. Aunque la fecha histórica es el 5 de febrero, la ley recorre este feriado al primer lunes de febrero. Esto significa que, si bien el Día de la Candelaria no otorga el descanso por sí mismo, la coincidencia con el día oficial de la Constitución asegura el fin de semana largo para las personas trabajadoras.
Cálculo de compensación si se requiere laborar el día de descanso
La Ley Federal del Trabajo prohíbe obligar a los empleados a prestar servicios durante los días de descanso obligatorios. El artículo 73 de la LFT establece claramente que si se quebranta esta disposición, el patrón debe pagar un salario doble por el servicio prestado, independientemente del salario que ya le corresponde al trabajador por el descanso.
De acuerdo con el artículo 75 de la LFT, los empleadores y trabajadores deberán llegar a un acuerdo sobre quiénes prestarán sus servicios. En todos los casos, el pago debe ser un salario triple:
Fórmula de pago feriado (Artículo 73 y 75 LFT):
Advertencia clave: La prima dominical
Un matiz financiero importante, señalado por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), surge si el día de descanso obligatorio coincide con un domingo. El artículo 71 de la LFT obliga a la persona empleadora a agregar el pago de la prima dominical, que equivale a un 25% adicional al salario diario.
Aunque el 2 de febrero de 2026 es lunes, este principio es aplicable a cualquier otro feriado que caiga en domingo. Por lo tanto, en esos casos específicos, la compensación total será el salario triple más la prima dominical.
Mecanismos de defensa y asesoría legal gratuita
En caso de que el patrón no cumpla con el pago triple establecido por la ley, la persona trabajadora debe seguir un protocolo de reclamación.
El primer paso es siempre acudir al área de Recursos Humanos o directamente con el patrón para solicitar el ajuste de nómina. Si no se obtiene una respuesta positiva, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) está disponible para intervenir y defender los derechos laborales.
La Profedet ofrece asesoría, conciliación y representación jurídica gratuita a nivel nacional.Contactos de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet):
- Teléfonos de asesoría: 800 717 2942 y 800 911 7877
- Línea del Gobierno de México: 079
Calendario completo de días de descanso oficial de 2026
Para que los yucatecos y el resto de los trabajadores puedan planificar viajes, ajustar turnos y anticipar movimientos, la Ley Federal del Trabajo indica los siguientes días de descanso obligatorio para 2026, los cuales no siempre caen en la fecha histórica que conmemoran:
Nota sobre días de descanso adicionales por comicios
El artículo 74 de la LFT también señala que las leyes federales y locales pueden establecer días de descanso adicionales cuando haya elecciones ordinarias para realizar la jornada electoral. Específicamente, en Coahuila, se han programado dos procesos electorales para 2026 (uno ordinario local y otro extraordinario). Los comicios serán celebrados el domingo 7 de junio; las autoridades informarán posteriormente si aplica el descanso oficial en ese caso.
El conocimiento preciso de la Ley Federal del Trabajo y el protocolo a seguir para la defensa laboral es lo que permite a los trabajadores ejercer su derecho a la compensación justa, convirtiendo los puentes oficiales no solo en un beneficio de descanso, sino en un ejercicio de cumplimiento normativo.









