El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto en marcha nuevas herramientas digitales para facilitar a las personas morales el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. A partir del 1 de diciembre de 2025, los contribuyentes pueden acceder a un simulador que permite visualizar la información correspondiente al ejercicio fiscal 2025, un paso crucial antes de la presentación formal. Este análisis desvela los plazos inamovibles y las novedades de la plataforma de la declaración anual 2025 personas morales.
Fechas clave y plazos obligatorios para el ejercicio fiscal 2025
El SAT informó que el periodo oficial para que las personas morales presenten su Declaración Anual 2025 abarca del 1 de enero al 31 de marzo de 2026. Este proceso se gestiona a través de la plataforma en línea del organismo, buscando la optimización de tiempos y el fortalecimiento de la recaudación.
A partir del 1 de diciembre de 2025, el simulador se encuentra disponible para los contribuyentes que operan bajo el Régimen General y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Nuevos plazos para figuras específicas
Aunque la fecha general de vencimiento es el 31 de marzo de 2026, existen plazos distintos para ciertas figuras legales, conforme a los detalles proporcionados por el SAT:
- Sociedades en liquidación: Tienen como fecha límite el 19 de enero de 2026 para presentar su declaración del ejercicio por liquidación.
- Personas morales sin fines de lucro: El plazo se extiende hasta el 16 de febrero de 2026 para la presentación de su respectiva declaración del ejercicio.
- Otros regímenes: Los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), deben presentarla hasta el 31 de marzo de 2026.
La precarga de información: qué integra la nueva plataforma del SAT
Una de las grandes novedades de la plataforma anual es la incorporación de la precarga de información, la cual busca simplificar el proceso para los contribuyentes, utilizando los datos que ya obran en poder del organismo fiscal.
La declaración anual incorpora, entre otros, los siguientes datos precargados:
- Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio.
- Retenciones efectivamente pagadas (incluyendo Impuesto sobre la Renta por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO).
- Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
- Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, tales como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.
Es importante señalar que, si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, el contribuyente debe presentar las declaraciones complementarias correspondientes, según aclaró el organismo.
Requisitos y tiempos de respuesta de la plataforma fiscal
Para poder enviar la declaración y completar el proceso, el SAT recordó que es indispensable contar con la e.firma. Asimismo, es obligatorio disponer de un servicio de banca electrónica, pues cualquier saldo a cargo resultante de la declaración debe cubrirse mediante transferencia electrónica, utilizando los bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.
En cuanto a los tiempos de actualización de la información una vez enviada la declaración, el SAT advirtió lo siguiente:
- Saldo a cargo: La actualización de la información será visible en un plazo de 48 horas después de haberse efectuado el pago.
- Saldo en ceros: El reflejo de la información en el sistema tardará 24 horas.
Con estas herramientas, el Servicio de Administración Tributaria continúa implementando facilidades que buscan el cumplimiento puntual de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, lo que, según el organismo, fortalece la recaudación, la economía mexicana y el bienestar de la población en general.










