Livia Brito vinculada a proceso: mentir al Estado en el caso Zepeda

Livia Brito fue vinculada a proceso por falsedad de declaraciones en el caso del fotógrafo Ernesto Zepeda. Analizamos el contexto de la agresión de 2020, la indemnización y qué significa este nuevo proceso penal.
Livia Brito vinculada a proceso: mentir al Estado en el caso Zepeda

La actriz Livia Brito fue formalmente vinculada a proceso por el delito de falsedad de declaraciones ante la autoridad, un nuevo giro en la batalla legal que mantiene desde hace casi seis años con el fotógrafo Ernesto Zepeda. Esta determinación judicial, asentada en una constancia fechada el 4 de febrero de 2026, implica que las autoridades de la Ciudad de México encontraron pruebas suficientes para continuar la investigación penal en su contra, enfocada específicamente en haber faltado a la verdad durante el proceso judicial.

El caso se remonta al año 2020, cuando un altercado en una playa de Quintana Roo llevó al fotoperiodista Zepeda a iniciar acciones legales por lesiones y daño a propiedad ajena contra Brito y su entonces pareja, Yosmi Mariano Gedler Martínez. Si bien la actriz ya había sido condenada a pagar una indemnización por daño moral, la vinculación a proceso se concentra en su supuesta negación de los hechos de agresión, un delito que, según Zepeda, constituye un agravio directo contra el Estado.

El origen del conflicto: agresión en Quintana Roo en 2020

La polémica que ahora escala al ámbito penal inició en junio de 2020 en Cancún. El fotógrafo Ernesto Zepeda, especializado en celebridades, tomó fotografías de la actriz Livia Brito y su acompañante, Yosmi Mariano Gedler Martínez.

De acuerdo con la versión del fotoperiodista, tras notar que estaba siendo fotografiada, la actriz y su pareja reaccionaron de forma violenta, lo que derivó en una agresión física y el daño a su equipo de trabajo. Zepeda presentó una denuncia formal por lesiones y daño a propiedad ajena.

La postura de Brito ha sido diferente desde el inicio. La actriz ha sostenido que el fotógrafo invadió su privacidad y la de su acompañante, argumentando que, aunque se encontraban en un espacio abierto, se trataba de un momento personal que no tenía fines informativos. La actriz manifestó en diversas ocasiones haberse sentido acosada y vulnerable, lo que, según su defensa, detonó una reacción impulsiva.

La transición del daño moral a la falsedad de declaraciones

Originalmente, el fotoperiodista inició un proceso legal de carácter civil por daño moral. Esta etapa legal ya tuvo consecuencias judiciales significativas y públicas para Brito:

  • Sanción económica: Livia Brito fue condenada previamente a pagar una indemnización que superaba el millón de pesos (aproximadamente un millón doscientos mil pesos) por daño moral.
  • Amparo retirado: La actriz tenía un amparo desde 2024 que retiró tras acceder a reparar los daños causados contra el fotoperiodista mexicano.

El nuevo capítulo legal es de carácter penal y se enfoca en el presunto delito de falsedad de declaraciones ante la autoridad. Esto se debe a que, durante el desarrollo del juicio civil, la actriz habría mentido al negar explícitamente la agresión y el despojo del equipo de trabajo del fotógrafo, hechos por los que ya fue condenada previamente.

Tras detectar versiones distintas de la realidad, Zepeda y su abogada, Alicia Frías, comenzaron el proceso por falsedad de declaraciones. En esta nueva etapa, la imputación se origina porque el delito se persigue por el daño causado directamente al Estado, tal como señaló Zepeda: “A quien le mintieron fue al Estado”.

Revocación judicial y la ruta del proceso penal

La decisión de vincular a proceso a Brito y a Mariano Gedler fue tomada por un magistrado de la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Este magistrado, identificado como Jesús Ubando López, revocó un auto de no vinculación que había favorecido a Brito anteriormente.

La vinculación a proceso se dictó el 28 de enero de 2026 y fue ratificada en una constancia judicial fechada el 4 de febrero de 2026. Esta constancia establece que el tribunal encontró pruebas suficientes para que el procedimiento penal continúe su curso. La decisión surte efectos tanto para la actriz como para su expareja, Yosmi Mariano Gedler Martínez.

¿Qué significa estar vinculada a proceso?

Es importante aclarar que estar «vinculada a proceso» no implica una declaración de culpabilidad. Esta figura legal significa que el juez considera que existen indicios y elementos suficientes para que la investigación complementaria del proceso penal continúe. Durante esta fase se desahogarán las pruebas que determinarán si la actriz y su expareja faltaron o no a la verdad ante las autoridades.

La investigación penal se mantiene en curso dentro de la carpeta judicial 007/0937/2024, retomada por las autoridades capitalinas tras dos años de batalla legal.

Próximos pasos y audiencia obligatoria

El proceso judicial avanza para la actriz de telenovelas y su expareja. Un documento presuntamente obtenido por el periodista Carlos Jiménez señala que ambos deberán presentarse en el Reclusorio Preventivo Varonil Sur el 23 de febrero a las 12:00 horas.

Esta audiencia se ha señalado como de cumplimiento de ejecutoria de sala, parte esencial del seguimiento al proceso por su probable participación en el delito de falsedad ante autoridades. El caso, que lleva años en litigio, continúa generando una intensa controversia mediática, polarizando opiniones entre quienes apoyan al fotoperiodismo y quienes defienden la privacidad de las figuras públicas.

Este caso de alto perfil ejemplifica cómo las consecuencias de un altercado privado en la esfera pública pueden trascender el ámbito civil. Al enfrentar acusaciones de haber mentido directamente ante la autoridad, el foco se desplaza de la agresión inicial a la integridad del sistema judicial mexicano. ¿Qué implicaciones tendrá esta batalla legal en la credibilidad de las celebridades ante la ley y en la forma en que los procesos judiciales manejan las narrativas encontradas?

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