
Redacción
CANCÚN.- El pasado jueves se aprobó la reforma de la Ley General de Vida Silvestre donde se adicionaron los artículos 47 Bis 4, 60 Bis, 122 y 127, que prohíben el uso de animales mamíferos marinos y especies marinas en espectáculos.
La ley denominada Mincho prohíbe cualquier actividad con animales marinos. Con la aprobación de ambas cámaras, se espera que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Las empresas que no cumplan con la nueva medida serán sancionadas con multas de entre 22 mil pesos mexicanos (unos 1.165 dólares) hasta 8 millones de pesos (unos 424 mil dólares).
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“En el proyecto se detalla que, en el caso de las especies pertenecientes al grupo de los cetáceos, los ejemplares deberán estar ubicados en corrales marinos y no en instalaciones de concreto, como alboreas y estanques; cuando no pueda hacerse esto, los cetáceos deben permanecer en instalaciones abiertas que reciban intercambio de agua del exterior, ya sea por flujo de mareas o por medio de un sistema de bombeo”, señala la Ley.
En contratarte, tras la aprobación por el Senado al artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, la Asociación Mexicana de Hábitats para la Interacción y Protección de Mamíferos Marinos (AMHMAR) explicó que los delfinarios no cerrarán y presentó algunos puntos a considerar:
“La reforma no prohíbe la operación de centros con mamíferos marinos ya existentes, siempre que estén debidamente registrados”.