La polémica generada por la posibilidad de aplicar la prisión preventiva oficiosa a contribuyentes bajo simple sospecha de emitir facturas falsas ha sido contundente. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió una tajante aclaración para desmentir dichos temores y establecer los límites de la autoridad fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria aclara el alcance de las nuevas leyes
Desde la Ciudad de México, el 10 de diciembre de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) respondió a las preocupaciones del círculo empresarial y fiscal sobre la aplicación de la prisión preventiva. El organismo descartó categóricamente que este recurso sea solicitado basándose únicamente en la sospecha.
En una tarjeta informativa oficial, el SAT señaló:
> “Es falso que se solicitará prisión preventiva oficiosa para cualquier contribuyente, simplemente porque se sospeche que emitió una factura falsa”,
Garantías para el contribuyente y el debido proceso
La institución financiera subrayó que, antes de cualquier acción, la autoridad fiscal tiene la obligación legal de soportar su investigación y, crucialmente, probar que la documentación es efectivamente falsa.
El SAT reiteró su compromiso con el marco legal vigente: “Como en todos los procedimientos, se garantiza el debido proceso y el derecho de audiencia de las y los contribuyentes, por lo que no quedan en indefensión”, manifestó.
El contexto de las reformas fiscales contra la evasión
La controversia surgió a raíz de las reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF), que fueron aprobadas previamente por el Congreso de la Unión y entrarán en vigor el próximo año. El organismo fiscal enfatizó que estas modificaciones tienen un objetivo muy específico y justificado:
- Público objetivo: Las reformas están dirigidas exclusivamente a personas físicas o morales que emiten facturas falsas con el propósito de evadir el pago de impuestos.
- Alcance: No se trata de un programa masivo que se aplicará indiscriminadamente a los contribuyentes cumplidos.
El SAT sostuvo que estas herramientas legales buscan reforzar el combate a la evasión fiscal. Además de la contundencia, prometen otorgar certidumbre a los contribuyentes que actúan conforme a la ley y generar condiciones de equidad en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Descarte de nuevas facultades de congelamiento de cuentas
Ante otra preocupación recurrente del sector privado, el organismo dejó claro que las modificaciones aprobadas no establecen nuevas facultades para que el SAT pueda congelar cuentas bancarias.
Para finalizar su comunicado, el Servicio de Administración Tributaria concluyó con un compromiso institucional: “Esta institución reitera su compromiso para fortalecer el combate a la evasión y elusión fiscal, mediante herramientas más eficaces y transparentes, siempre en el marco de la ley y con respeto a los derechos de las y los contribuyentes”.
Otros datos relevantes del panorama fiscal reciente
Este posicionamiento ocurre mientras el SAT también ha reportado un crecimiento importante en la recaudación, señalando que los ingresos del gobierno federal registraron el mayor crecimiento desde 2022.
Adicionalmente, y en apoyo a las personas morales, el organismo fiscal ha ofrecido un simulador para la Declaración Anual 2025 de estas entidades.











