El pulso entre los grandes consorcios mediáticos y el Estado ha tenido un nuevo capítulo. Ricardo Salinas Pliego, a través de una de sus empresas, intentó blindar el vocablo “azteca” para uso exclusivo periodístico. Sin embargo, el camino legal culminó con el rechazo definitivo de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) a este registro palabra azteca, cerrando así la puerta a su explotación en exclusiva.
El camino legal de Tv Azteca hasta la corte
Por conducto de una de sus empresas, el empresario Ricardo Salinas Pliego buscó registrar y explotar en exclusiva el vocablo “azteca” para ser utilizado en fines periodísticos, específicamente en medios digitales. Esta petición enfrentó obstáculos iniciales y una serie de reveses judiciales que culminaron en el máximo tribunal del país.
El proceso comenzó cuando la televisora solicitó el registro de reserva de derechos para dicho vocablo ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).
Negativa inicial y reveses judiciales
El Indautor negó la solicitud, y esta negativa fue confirmada posteriormente por la sala especializada en propiedad intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), tras un juicio de nulidad promovido por la empresa.
Posteriormente, Tv Azteca interpuso un amparo directo. En dicho recurso, la televisora alegó que la sentencia violaba sus derechos y que la autoridad no había analizado si se cumplían los requisitos legales del artículo 188 de la Ley Federal del Derecho de Autor, asegurando que existía una interpretación incorrecta de esa norma.
A pesar de los argumentos presentados, el Cuarto Tribunal Colegiado en materia administrativa del primer circuito negó la protección federal a la televisora.
La naturaleza del vocablo: un gentilicio
La razón principal esgrimida por el tribunal colegiado fue que el término “azteca” es, en esencia, un gentilicio.
Puntos clave en la resolución del tribunal colegiado:
- Se consideró que “azteca” es una palabra que describe origen o procedencia.
- Por su naturaleza de gentilicio, el término no puede registrarse como reserva de derechos.
El rechazo definitivo de la Suprema Corte de Justicia
El proceso encontró su fin cuando la compañía presentó un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia. Este recurso fue presentado el 27 de noviembre y desechado al día siguiente.
El ministro presidente Hugo Aguilar fue el encargado de desechar la petición de Tv Azteca para que el máximo tribunal revisara el amparo directo sobre el caso. El acuerdo fue tomado al concluir que la solicitud solo planteaba asuntos de legalidad y no abordaba una cuestión constitucional, requisito indispensable para el análisis de la Corte.
Con este desechamiento, la negativa de que la televisora pueda registrar la palabra “azteca” se confirmó en definitiva, pues legalmente no existe ningún otro medio de impugnación. El acuerdo emitido señala claramente la determinación inamovible:
> “Se informa a la recurrente que contra el auto que desecha el recurso de revisión en amparo directo no procede medio de impugnación, por lo que la presente determinación causa estado por ministerio de ley”.
El blindaje definitivo de la palabra «azteca» como gentilicio subraya la línea que la justicia mexicana, con el aval de la SCJN, traza entre la propiedad intelectual corporativa y el dominio público de la identidad nacional. ¿Hasta dónde puede llegar un empresario para monetizar un vocablo histórico antes de que el máximo tribunal intervenga para defender el lenguaje colectivo?









