La administración de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo enfrenta, en diciembre de 2025, una triple crisis: escasez hídrica, un ultimátum de aranceles del presidente Donald Trump y la recién aprobada Ley General de Aguas de 2025. Este análisis revela cómo la narrativa de «soberanía» se usa instrumentalmente para centralizar el control federal y asegurar el cumplimiento del Tratado de Aguas de 1944.
La crisis tripartita: escasez, geopolítica y el ultimátum de Donald Trump
La coyuntura define el inicio del sexenio de la presidenta Sheinbaum Pardo: una severa escasez hidrológica en la franja norte de México, un ultimátum geopolítico y comercial por parte de Estados Unidos y una profunda reingeniería legislativa del marco de gestión del agua nacional.
La tesis central de este análisis sostiene que, si bien el nuevo marco legal busca ostensiblemente recuperar la soberanía sobre los recursos hídricos, su aplicación inmediata obedece a una función pragmática: centralizar el control federal para facilitar el cumplimiento del tratado bajo la amenaza de aranceles estadounidenses.
El panorama operativo a finales de 2025
Al cierre de 2025, la tensión diplomática ha escalado. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha reactivado su estrategia de presión económica, amenazando con imponer un arancel del 5% a todas las exportaciones mexicanas si la deuda de agua —cientos de millones de metros cúbicos acumulados en el ciclo quinquenal— no se liquida antes del 31 de diciembre de 2025.
- Esta amenaza coloca al agua como el eje de la estabilidad macroeconómica de México.
- En respuesta, la presidenta Sheinbaum ha liderado negociaciones de alto nivel, asegurando públicamente que México cumplirá con sus obligaciones internacionales.
Sin embargo, el norte de México atraviesa una sequía prolongada que ha dejado las presas internacionales y los afluentes del Río Bravo en niveles críticos. Expertos cuestionan la viabilidad física de saldar esta deuda sin devastar la capacidad productiva agrícola de estados clave como Chihuahua y Tamaulipas.
Ante este escenario de suma cero, la administración federal ha desplegado una estrategia dual: diplomacia intensiva hacia el exterior y una reestructuración legal agresiva hacia el interior, fundamentada en que la escasez es producto del desorden, la corrupción y el acaparamiento.
Metamorfosis legislativa: la ley general de aguas de 2025 y la rectoría del estado
Para comprender la promesa de Sheinbaum de entregar agua sin afectar el abasto nacional, es imperativo analizar el instrumento legal que faculta su administración: la Ley General de Aguas de 2025 y las reformas concomitantes a la Ley de Aguas Nacionales (LAN) de 1992. Estas modificaciones representan un cambio de paradigma total hacia un modelo de control estatal absoluto.
Desmantelamiento del mecanismo de mercado (1992-2025)
La LAN de 1992 fue el estandarte de la política hídrica del periodo neoliberal, tratando el agua como un recurso que, aunque propiedad de la Nación, podía gestionarse mediante mecanismos de mercado. Los títulos de concesión eran activos privados: transferibles, comprables, arrendables y sujetos a especulación en un mercado secundario.
La reforma de 2025 altera fundamentalmente esta arquitectura, con el objetivo explícito de «terminar con la visión del agua como mercancía»:
- Prohibición de transmisión de derechos: La reforma elimina la posibilidad de que las concesiones se vendan o transfieran entre particulares. Los derechos excedentes deben revertirse obligatoriamente a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para su reasignación.
- Centralización de la reasignación: Otorga a la CONAGUA una discrecionalidad casi absoluta para reducir volúmenes en distritos de riego con el fin de satisfacer «prioridades nacionales». El cumplimiento de tratados internacionales puede clasificarse como prioridad de seguridad nacional o utilidad pública superior al uso agrícola.
- Criminalización del incumplimiento: Se crea un catálogo específico de «delitos hídricos» que endurece las sanciones. El uso de agua sin título o la extracción por encima de lo permitido son delitos equiparables al robo de bienes nacionales.
- Auditoría y depuración: Como justificación previa, la administración realizó una auditoría masiva de 482,000 títulos de concesión, encontrando irregularidades en 58,000 de ellos, facilitando la revocación masiva y la recuperación de volúmenes para su redistribución estratégica.
La narrativa del “ordenamiento” como herramienta de gobernanza
La administración ha construido una narrativa poderosa que reetiqueta el mercado de concesiones anterior como una estructura de corrupción y «huachicoleo de agua».
- Al caracterizar a los grandes usuarios agrícolas del norte no como productores, sino como «acaparadores», el gobierno deslegitima sus reclamos de propiedad.
- Este marco legal proporciona el mecanismo para la solución de la crisis: declarar que gran parte del agua en manos de los distritos de riego es producto del «acaparamiento», y por lo tanto, el Estado puede legítimamente reclamarla.
- Una vez recuperada bajo la figura de «reversión a la Nación», el agua queda disponible para la asignación estratégica, incluyendo el pago de la deuda del Tratado de 1944.
La restricción bilateral: mecánica del tratado de 1944 y el déficit
El «Tratado sobre Distribución de Aguas Internacionales entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América» (1944) establece un régimen de reciprocidad asimétrica:
- Río Colorado: Estados Unidos entrega a México 1,850 millones de metros cúbicos (Mm3) anuales.
- Río Bravo (Grande): México debe entregar a Estados Unidos un promedio mínimo anual de 431.7 Mm3, provenientes de seis afluentes mexicanos, siendo el Río Conchos en Chihuahua el más importante, contabilizados en ciclos de cinco años.
Históricamente, México ha tenido dificultades. Aunque el tratado permite pagar faltantes por «sequía extraordinaria» en el ciclo siguiente, la acumulación de déficits y la postura inflexible de Donald Trump en 2025 han eliminado esta válvula de escape diplomática. La exigencia actual es el pago inmediato antes del cierre del ciclo quinquenal.
Análisis de viabilidad: ¿Es posible el “no impacto”?
La presidenta Sheinbaum sostiene que el cumplimiento es posible mediante la «tecnificación» y el «reordenamiento». No obstante, un análisis técnico independiente revela una desconexión crítica entre la retórica y la realidad hidrológica.
| Factor Crítico | Argumento Gubernamental | Análisis Técnico Independiente |
| Tecnificación | La modernización de los distritos de riego ahorrará el volumen necesario para pagar la deuda.14 | La tecnificación es un proyecto de capital intensivo que requiere años para madurar. No puede generar volúmenes inmediatos de agua líquida para una fecha límite de diciembre 2025.1 |
| Disponibilidad | El agua existe, pero está «acaparada» o mal gestionada administrativamente.4 | Las presas clave (La Boquilla, El Granero) están en niveles mínimos históricos. El «agua de papel» (concesiones) se puede cancelar, pero eso no crea agua física en los embalses vacíos.19 |
| Impacto Interno | El abasto doméstico y de pequeños agricultores no se verá afectado; solo se tocará el uso irregular.6 | Extraer los ~300 Mm3 requeridos implica vaciar el remanente operativo de las presas, lo que matemáticamente imposibilita el ciclo agrícola 2026, afectando la producción de alimentos y la economía regional.1 |
La realidad es que el gobierno paga la deuda hoy para evitar aranceles, trasladando el costo de la escasez al ciclo agrícola del siguiente año. La premisa de que «no se afectará el abasto» es técnicamente improbable en el corto plazo.
Auditoría histórica: claudia sheinbaum y morena (oposición vs. gobierno)
Para responder a la cuestión de la congruencia, se contrasta la postura histórica de la 4T con sus acciones actuales.
La narrativa pre-2018: nacionalismo de recursos
Como figura clave de la oposición, Claudia Sheinbaum construyó su perfil sobre la defensa de la soberanía nacional. El discurso central de Morena sostenía que los recursos naturales (petróleo, electricidad, agua) debían ser protegidos de la injerencia extranjera y del lucro privado.
- En 2018, Sheinbaum se opuso vehementemente a la Ley de Sustentabilidad Hídrica, argumentando que abría la puerta a la privatización.
- Su rechazo actual a los mercados de agua es totalmente congruente con su ideología estatista histórica.
El punto de inflexión de 2020: el conflicto de la boquilla
Las grietas comenzaron a aparecer durante el conflicto del agua en Chihuahua en 2020, bajo la presidencia de Andrés Manuel López Obrador (AMLO). Cuando agricultores tomaron la presa La Boquilla, el gobierno de Morena argumentó que el Tratado de 1944 era benéfico y debía cumplirse para evitar sanciones.
- La administración enmarcó a los agricultores que protestaban no como defensores de la soberanía, sino como agentes de «politiquería» manipulados por el PAN y «caciques» locales (nogaleros).
- Se utilizó a la Guardia Nacional para intentar recuperar la presa.
Este episodio marcó el tránsito del nacionalismo revolucionario al nacionalismo de Estado, que defiende sus compromisos internacionales contra actores locales disidentes.
La postura en 2025: continuidad del centralismo estatista
Hoy, la postura de Sheinbaum muestra una continuidad directa. Aunque la izquierda mexicana criticó el «entreguismo» en el pasado, ahora usa la fuerza del Estado para cumplir con las exigencias de Washington a costa de los productores nacionales.
- Sheinbaum resuelve la tensión redefiniendo a los actores internos: los agricultores del norte no son «el pueblo», sino «la oligarquía del agua».
- Quitarles el agua para pagar a Estados Unidos se justifica como un acto de justicia redistributiva interna, recuperando el recurso de los «privilegiados» para salvar a la Nación de los aranceles.
Análisis de congruencia: soberanía, implicaciones internas y contradicciones
El análisis sobre la congruencia entre las acciones de 2025 y la postura opositora arroja un resultado matizado: existe una congruencia ideológica estatista, pero una incongruencia retórica nacionalista.
La fricción de la soberanía
El concepto opositor de soberanía definía la autarquía y la protección de los recursos locales. El nuevo concepto gubernamental de soberanía (2025) lo redefine como la capacidad del Estado Federal para ejercer control territorial y cumplir sus compromisos internacionales.
- La entrega de agua se convierte en una herramienta para preservar la «soberanía comercial» (evitar el colapso económico por aranceles), sacrificando la «soberanía hídrica» local.
- La Ley de Aguas 2025 es el habilitador clave: al eliminar la capacidad de los agricultores de poseer derechos transferibles, el Estado elimina las barreras legales que permitieron la resistencia de 2020.
La contradicción del «agua como mercancía»
Aunque Sheinbaum argumenta que la nueva ley termina con el agua como mercancía, la realidad geopolítica sugiere que su administración está tratando el agua como moneda de cambio. En las negociaciones con Trump, el agua se convierte en la divisa con la que se compra la estabilidad arancelaria.
- Esto revela una profunda incongruencia con la retórica del «Derecho Humano al Agua».
- Aunque la ley prioriza el consumo humano en papel, la prioridad operativa inmediata es el pago de la deuda internacional, sacrificando a los agricultores de Chihuahua.
La inversión de roles políticos
El PAN, históricamente pro libre mercado, ha adoptado la retórica de la «soberanía local» para oponerse a la entrega de agua. Por otro lado, Morena, el partido del nacionalismo de recursos, impone el cumplimiento del tratado internacional. Sheinbaum desestima la postura del PAN calificándola de «ignorancia total» de la Constitución.
La nueva ley como mecanismo de centralización coercitiva
La reconfiguración de la Ley de Aguas tiene implicaciones internas que amenazan la estabilidad social en el norte.
Amenaza a la «soberanía interna» y el federalismo
Al centralizar el control y eliminar la certeza jurídica de las concesiones (haciéndolas intransferibles y sujetas a caducidad), el Estado desempodera a la clase agrícola del norte y a los gobiernos estatales de oposición. El valor del patrimonio agrícola se evapora sin agua garantizada.
- El riesgo de confrontación armada en los distritos de riego es elevado, similar al conflicto de 2020.
- La 4T ha mostrado consistentemente una voluntad de usar la fuerza federal para proteger objetivos estratégicos de la Nación.
El control político a través del agua
La nueva ley no solo regula el agua; regula el poder.
- Al forzar que las concesiones reviertan a CONAGUA, el Estado se convierte en el árbitro único de la asignación hídrica, permitiendo al gobierno federal eludir a los gobiernos estatales (opositores en el norte, como Chihuahua).
- Esta centralización es consistente con el estilo de gobernanza de la 4T, marcando el inicio de un «federalismo hídrico coercitivo».
Desglose detallado de la mecánica de la ley de 2025
Para apreciar el alcance de la reforma, se detallan sus mecanismos:
- Prohibición de mercados secundarios: El agua «recuperada» por la no transferencia revierte a CONAGUA, creando un fondo de volumen que el Gobierno Federal puede designar para «usos estratégicos», como el cumplimiento del tratado, sin necesidad de expropiar agua en uso activo.
- Cumplimiento forzoso de tecnificación: La ley obliga a la tecnificación, y el gobierno puede condicionar el acceso al agua a la instalación de medidores telemétricos, impidiendo el «huachicoleo» (bombeo no medido).
- El escudo del «derecho humano»: Al enmarcar todas las acciones como defensa del «Derecho Humano al Agua» (prioridad #1), el gobierno puede legalmente despriorizar la agricultura. Dado que el cumplimiento del tratado a menudo se vincula al «abasto urbano» de ciudades fronterizas, enviar agua al río se justifica como necesario para el uso municipal aguas abajo.
| Característica | Ley de Aguas Nacionales (1992) | Ley General de Aguas (2025) | Implicación para el Tratado con EE. UU. |
| Naturaleza del Recurso | Híbrida: Propiedad estatal pero con derechos de mercado transferibles. | Estatista: Bien de la Nación inalienable, derechos administrativos no comerciables. | Facilita al Estado reclamar volúmenes sin compensación de mercado. |
| Transferibilidad | Permitida (Compraventa de derechos entre particulares). | Prohibida (Los derechos revierten al Estado si no se usan). | Elimina la especulación y centraliza la reasignación de excedentes para pagar deuda. |
| Prioridad de Uso | Eficiencia económica y mercado. | Derecho Humano y Seguridad Nacional. | El cumplimiento del tratado puede clasificarse como Seguridad Nacional para priorizarlo sobre el riego. |
| Gobernanza | Descentralizada (Consejos de Cuenca con poder). | Centralizada (CONAGUA y Ejecutivo Federal con control total). | Reduce la capacidad de los estados opositores (Chihuahua) para bloquear la extracción. |
| Resolución de Conflictos | Tribunales civiles y administrativos. | Criminalización de «Delitos Hídricos» y fuerza pública. | Aumenta la capacidad coercitiva del Estado contra agricultores que resistan la extracción. |
La paradoja de la soberanía en la era de la escasez
La investigación sobre las acciones de Claudia Sheinbaum respecto a la entrega de agua a Estados Unidos y la Ley General de Aguas de 2025 revela un tapiz complejo de evolución política y gobernanza pragmática.
La afirmación de que el agua puede enviarse sin afectar el abasto doméstico es altamente improbable en términos físicos inmediatos, pues la región está en déficit hídrico. La entrega de agua inevitablemente reducirá las reservas físicas disponibles para el ciclo agrícola de 2026 en Chihuahua y Tamaulipas. Las promesas de «tecnificación» y «ahorros administrativos» son soluciones de largo plazo que se están utilizando discursivamente para justificar una transacción geopolítica urgente.
Respecto a la congruencia: existe congruencia total en el desmantelamiento del mercado neoliberal del agua, siendo la Ley de 2025 fiel a la ideología estatista. Sin embargo, existe una incongruencia retórica respecto a la soberanía, pues la 4T en el gobierno prioriza la supervivencia de la economía nacional (amenazada por aranceles) sobre los intereses de un sector regional. Puentean esta brecha ideológica redefiniendo a la resistencia interna no como «pueblo», sino como «corruptos y acaparadores».
El agua, bajo la 4T, ha dejado de ser una mercancía privada para convertirse en un activo estratégico de seguridad nacional, administrado con mano de hierro desde el centro, a pesar de que la viabilidad física de su promesa de «cero impacto» sea técnicamente insostenible en el corto plazo.











