Isidro Pastor obtiene recurso provisional contra captura

El exlíder del PRI en Edomex, Isidro Pastor Medrano, obtiene suspensión provisional contra una orden de captura, condicionada al pago de 50 mil pesos. Plazo de 5 días.
Isidro Pastor obtiene recurso provisional contra captura

Isidro Pastor Medrano, ex dirigente del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Estado de México, obtuvo una suspensión provisional el 22 de enero de 2026 contra cualquier orden de aprehensión, comparecencia, presentación o arresto que haya sido librada en su contra. La medida judicial está condicionada al pago de una garantía económica y solo es efectiva si los delitos imputados no implican prisión oficiosa.

Requisitos para mantener la medida cautelar

La decisión se originó tras el juicio de amparo promovido por Pastor Medrano el pasado 19 de enero de 2026. Este recurso fue presentado contra actos de jueces de distrito con sede en el Reclusorio Sur, ubicado en Ciudad de México.

El juzgador impuso condiciones claras para que la suspensión se mantenga vigente. La medida cautelar exige que el exlíder priista pague una garantía de 50 mil pesos. Para efectuar este pago, el quejoso cuenta con un plazo de cinco días.

El titular del Juzgado Tercero de Distrito en materia Penal con residencia en Toluca, Estado de México, fue quien dictó la suspensión. Se trata de Jorge Adrián Cruz Flores.

Proceso judicial en curso

Jorge Adrián Cruz Flores, al conceder la suspensión, solicitó a las autoridades responsables la presentación de su informe justificado. Este documento es clave para el proceso y debe ser rendido con la debida anticipación para que el quejoso, Pastor Medrano, pueda tener conocimiento de él. Esto significa que el informe debe estar disponible al menos ocho días antes de la fecha fijada para la celebración de la audiencia constitucional.

Es en esta audiencia donde se determinará si el juzgador concede la suspensión definitiva.

Alcance y limitantes de la suspensión provisional

La suspensión otorgada a Pastor Medrano tiene un efecto muy específico. El juzgador señaló que su objetivo es evitar que Pastor Medrano sea aprehendido en caso de ser acusado por delitos que, de entrada, no ameriten prisión oficiosa.

No obstante, esta protección viene con una obligación directa. Pastor Medrano deberá presentarse ante el juez de la causa para la continuación del proceso penal. Para cumplir con esta presentación, cuenta con un plazo de tres días, contado a partir del momento en que sea notificado. De no presentarse en este periodo, la medida cautelar será automáticamente revocada.

El precedente: Exoneración por recursos ilícitos

Esta nueva acción legal se da en el contexto de un historial reciente que incluye una detención previa.

En noviembre del año pasado (2025), Isidro Pastor Medrano fue detenido y presentado ante una juez federal. Sin embargo, una semana después de su aprehensión, abandonó el penal de Santiaguito, en Almoloya de Juárez.

La liberación se produjo después de que una juez de distrito lo exonerara del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita. Dicho delito le había sido imputado por la Fiscalía General de la República (FGR) y se relacionaba con la compra de un inmueble realizada en 2013.

Ahora, con esta nueva suspensión provisional, el exdirigente del PRI estatal logra un blindaje temporal que le permite enfrentar las nuevas acusaciones en libertad mientras se resuelve su situación definitiva.

El caso de Isidro Pastor Medrano muestra la tensión constante entre los procesos judiciales de amparo y las órdenes de captura que buscan las autoridades federales. La clave ahora está en la audiencia constitucional y en el cumplimiento estricto de los plazos y condiciones financieras que impuso el Juzgado Tercero de Distrito en materia Penal. El desarrollo de este proceso no solo definirá el futuro de Pastor, sino que también sentará un precedente sobre la aplicación de las medidas cautelares en casos de alto perfil político.

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