
¿Qué pasa con las candidaturas del Poder Judicial? El INE responde
“No podemos cancelar lo que no registramos”. Con esta frase, el Instituto Nacional Electoral (INE) marcó su postura ante una controversia creciente: la supuesta irregularidad en 26 candidaturas del proceso para elegir jueces y magistrados.
Aunque se han multiplicado los llamados para que el INE intervenga, el organismo dejó claro que carece de atribuciones legales para eliminar candidaturas del proceso judicial. Este posicionamiento no solo refleja un límite institucional, sino que también expone las complejidades del nuevo esquema de designación electoral en México.
El conflicto detrás de las elecciones judiciales
¿Quién registró las candidaturas?
Las reformas constitucionales recientes distribuyeron las funciones de selección entre tres comités, uno por cada poder de la Unión: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Estos comités asumieron el papel que antes correspondía en parte al INE, dejando al organismo electoral fuera del proceso de registro. Es decir, el INE no tuvo injerencia directa ni en la evaluación ni en la inscripción de aspirantes.
“No podemos cancelar registros que no hicimos”, enfatizó Norma de la Cruz, consejera del INE.
Este hecho representa un cambio de paradigma: un organismo que normalmente funge como árbitro ahora opera en segundo plano. La consecuencia inmediata es la imposibilidad legal de cancelar candidaturas, incluso cuando existen señalamientos graves.
La controversia de las 26 candidaturas
El Senado de la República alertó sobre 26 posibles candidaturas irregulares, de un total de 3 mil 414 personas inscritas. Se trata de casos en los que presuntamente no se cumplen requisitos legales o constitucionales, como la “8 de 8 contra la violencia”, que impide contender a personas con sentencias por delitos graves o faltas a la justicia familiar.
Sin embargo, aunque el Senado ha hecho llegar estos nombres al INE, no tiene facultades para exigir su cancelación inmediata. El procedimiento legal está diseñado para actuar después de la elección, en lo que el INE llama un “segundo momento procesal”.
¿Qué sí puede hacer el INE?
Revisión post-electoral: un candado institucional
El INE podrá intervenir solo después de la jornada electoral, una vez que se tengan los resultados del cómputo y antes de entregar constancias de mayoría. En ese punto, revisará:
- Cumplimiento de los requisitos constitucionales
- Paridad de género
- La regla de “8 de 8 contra la violencia”
- Causales adicionales: deudores alimentarios o prófugos de la justicia
“Vamos a revisar antes de entregar constancias, no antes de la elección”, puntualizó la consejera De la Cruz.
Micrositio para denuncias ciudadanas
Desde la semana pasada y hasta el 15 de junio, el INE habilitó un micrositio para que la ciudadanía y organizaciones civiles envíen documentos o pruebas que respalden posibles irregularidades. Esta plataforma busca transparentar el proceso y recolectar evidencia antes del análisis legal final.
Implicaciones legales y políticas
¿Qué revela esta omisión?
La exclusión del INE en el registro de candidaturas abre preguntas sobre los límites institucionales en el nuevo modelo de justicia electoral. El rediseño parece haber creado un vacío de responsabilidades, donde ningún ente puede actuar con inmediatez frente a posibles irregularidades.
Esto podría derivar en la elección de candidaturas cuestionadas, que solo serían anuladas tras una impugnación judicial o revisión posterior. El problema no es menor: la legitimidad del nuevo sistema de jueces elegidos por voto directo está en juego.
Riesgos de judicialización
Los escenarios futuros podrían incluir:
- Impugnaciones por parte de ciudadanos u organizaciones civiles
- Revisión de candidaturas ganadoras por parte del Tribunal Electoral
- Posibles anulaciones si se demuestra violación a principios constitucionales
El modelo, todavía en fase experimental, enfrenta su primera gran prueba de fuego.
¿Es funcional el nuevo modelo?
Centralización sin supervisión electoral
La idea de distribuir las facultades de evaluación entre los poderes de la Unión buscaba evitar la politización del proceso. No obstante, el resultado ha sido una falta de coordinación institucional, donde ni siquiera el árbitro electoral puede intervenir en momentos clave.
Esto plantea dudas legítimas sobre:
- Transparencia: ¿quién garantiza que los comités aplicaron bien los filtros?
- Rendición de cuentas: ¿ante quién responden esos comités?
- Protección de derechos: ¿qué pasa si una persona agredida ve en la boleta a su agresor?
La paradoja del control democrático
Paradójicamente, al buscar democratizar la justicia con elecciones abiertas, el nuevo sistema debilita los controles democráticos tradicionales, como la supervisión del INE. En otras palabras, se trasladó el poder al electorado, pero sin asegurar los candados previos de integridad y legalidad.
Una elección con sombras y preguntas
El INE ha sido claro: no puede cancelar lo que no registró. Pero esa claridad no disipa las dudas sobre el diseño institucional que lo dejó fuera del proceso. En medio de una transición hacia la elección popular de jueces, las reglas del juego aún parecen incompletas, y el riesgo es alto: candidaturas cuestionadas podrían llegar al poder judicial sin el filtro electoral adecuado.
Lo que está en juego no es solo la legalidad de unas cuantas candidaturas, sino la credibilidad de un modelo de justicia que pretende ser más cercano al pueblo. Sin una reforma que aclare funciones y atribuciones, este experimento podría generar más conflictos que soluciones.