INCLUSIÓN ANIMAL: Reconoce Congreso derecho a perros de asistencia y apoyo emocional

Agencias

CHETUMAL.- La décima octava Legislatura de Quintana Roo, llevó a cabo su sesión número 4 del Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, con la asistencia de 22 de los 25 diputados, donde trataron asuntos relacionados en materia de perros de asistencia y animales de apoyo emocional.

En ese contexto, la diputada promovente, Paola Moreno Córdova, presidenta de la Comisión de Justicia, explicó que buscan reconocer el derecho de las personas con discapacidad para que puedan ingresar a cualquier lugar con su perro de asistencia o apoyo emocional.

“Reconocer el derecho de las personas con discapacidad para ingresar con su animal de asistencia o apoyo emocional sin discriminación alguna, no hablamos de simples mascotas, hablamos de aliados de vida… de quienes permiten que una persona con discapacidad visual camine con certeza… ellos representan muchas veces la diferencia entre el aislamiento y la inclusión social”, comentó en Tribuna de legisladora.

Motivó a sus compañeros que envíen el mensaje claro de que en Quintana Roo nadie se quede atrás, porque esta modificación a la Ley de Protección y Bienestar Animal del Estado para incluir la figura de animales de apoyo emocional y abarcar un contexto de inclusión en las legislaciones pertinentes.

Por su parte, el diputado Hugo Alday Nieto, desde su curul, felicitó a la promovente por las acciones legislativas para un sector social que necesita apoyo de este tipo, “celebro realmente esta iniciativa para que en lo más próximo posible podamos tener completos estos procesos legislativos”.

Dicha iniciativa contempla la adición de la fracción XVII del artículo 3, la fracción XVIII, recorriendo subsecuente; la fracción XIX del artículo 6, recorriendo la subsecuente; se adiciona la fracción XVI del artículo 8, todos de la Ley para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de Quintana Roo:

“XVII. Perro de asistencia. Ejemplar canino adiestrado individualmente en instituciones y/o centros especializados legalmente constituidos nacionales o del extranjero con el fin de realizar una o varias habilidades para auxiliar y/o asistir a personas con discapacidad y/o condiciones médicas, así como cumplir con protocolos base, obediencia avanzada, socialización, carácter, temperamento e integración del binomio”.

Además, el documento explica en su apartado XIX que contar con el apoyo de un perro de asistencia y/o animal de apoyo emocional con el cual puedan transitar y acceder en cualquier espacio у establecimiento público o privado, así como en cualquier medio de transporte terrestre, aéreo o marítimo público o privado.
La iniciativa fue turnada a las comisiones de Desarrollo Humano y del Medio Ambiente.

SIM

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