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Fuerza por México impugna registro de Yensunni y de su síndico

28 mayo, 2021
in Chetumal, Política, Quintana Roo
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la impugnación hace hincapié en que al aceptar ese registro, el Instituto Electoral del Estado (Ieqroo) violó la Constitución federal y estatal. (Foto: Facebook)

Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR

CHETUMAL.-El registro de Yensunni Martínez como candidata a presidente municipal de Othón P. Blanco por la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo (Morena, PT, PVEM, MAS) así como de su síndico, Alejandra del Ángel Carmona, fue impugnado por el partido Fuerza por México.

Como se puede ver en los documentos de abajo, la impugnación hace hincapié en que al aceptar ese registro, el Instituto Electoral del Estado (Ieqroo) violó la Constitución federal y estatal, las leyes, así como sus propios acuerdos y criterios de paridad.

Como ya se sabe, ese candidatura le correspondía a un hombre (Luis Gamero Barranco, quién fue sentenciado por violencia política de genero y perdió la candidatura) y de acuerdo a las leyes y las propias reglas del Ieqroo, la sustitución debía ser por un hombre, como lo dice el criterio Noveno de paridad.

De hecho, en el mismo acuerdo que el Ieqroo emitió cuando bajó la candidatura de Gamero, le dijo a la coalición que la sustitución debía ser por un hombre. Luego, el propio Instituto no cumplió ese acuerdo.

La impugnación menciona que al poner una mujer, la coalición de la 4T viola los principios de paridad vertical y horizontal, porque alterna de manera errónea los géneros en la planilla de Othon P. Blanco, pero ademas la coalición queda con 7 mujeres y 3 hombres como candidatos, lo cual viola la ley.

De acuerdo al articulo 280 de las Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado, el Ieqroo está obligado a ver que los registros de candidatos cumplan con los principios de paridad horizontal y vertical, y si no lo hacen, deben negarlos.

Pero el Ieqroo violó la ley aduciendo que en este caso se trataba de una cuestión “sui generis” y “extraordinarias”, conceptos que no están argumentados dentro de su acuerdo, y que implican que el Instituto se arroga facultades que no tiene.

La impugnación dice que el Ieqroo “manipuló a través de una falsa interpretación de la sentencia referida, lo extraordinario en su caso para ésta y lo sui generis, que, a su dicho en el acuerdo combatido, están por encima de los principios de legalidad y certeza”.

Por eso, FxM considera que se vulnera el principio de certeza del proceso, que dice que “todos los participantes en el proceso electoral conozcan previamente con claridad y seguridad las reglas a que la actuación de las autoridades electorales está sujeta”.
Y eso no fue así, porque el Ieqroo les hizo cumplir a todos los partidos y coaliciones las leyes y criterios de paridad, y cambió sus reglas y violó las leyes en referencia a la alianza de la 4T.

En otro punto, FxM dice que otra violación a la ley fue que se le permitió a Yensunni renunciar como síndico y que asuma otra persona, algo que está expresamente prohibido en el artículo 284 de la LIPE.

El mismo Ieqroo lo plantea en un acuerdo anterior, que dice:

“Para el caso particular de renuncia, la sustitución no podrá realizarse si se presenta dentro de los 30 días anteriores a la celebración de la jornada electoral, es decir, el último día para presentar sustitución por renuncia será el 6 de Mayo del año de la elección”.

Fuerza por México quiso cambiar la sexta regidora en Tulum y no se lo permitieron, por ese artículo.
En cambio a MORENA sí se lo permitieron, violando flagrantemente la ley.

Por eso piden que se revoque ese acuerdo y se obligue a Juntos Haremos Historia cumplir el principio de paridad de género, como lo han cumplido los demás partidos y coaliciones.

Con información de La Opinión Quintana Roo

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