Desde el 30 de septiembre de 2025, los clientes bancarios se enfrentan a una nueva regulación que redefine el control sobre sus transacciones. Se trata del Monto Transaccional del Usuario (MTU), una medida impuesta para reforzar la seguridad financiera y combatir el fraude.
La inminente obligación: ¿Qué es el monto transaccional del usuario (MTU)?
A partir del 30 de septiembre de 2025 y hasta el 1 de enero de 2026, todos los usuarios de servicios bancarios deberán establecer un límite para las transferencias realizadas a través de aplicaciones móviles, sitios web y banca telefónica. Esta disposición, conocida como Monto Transaccional del Usuario (MTU), busca reforzar la seguridad de las operaciones.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha informado que el objetivo primordial de esta nueva política es reducir la incidencia de fraudes y el robo de identidad. El MTU actúa como un límite de seguridad autoestablecido, añadiendo un paso adicional de autenticación en las operaciones bancarias electrónicas. Es una medida que, según la CNBV, no restringe la disponibilidad de los recursos de los usuarios, sino que añade una capa de protección.
Estableciendo el límite: ¿Cómo definir el MTU?
Los bancos, desde el 30 de septiembre de 2025, han habilitado en sus aplicaciones un apartado específico para que cada cliente configure su Monto Transaccional del Usuario. Asimismo, aquellos que prefieran una gestión presencial, tienen la opción de acudir a cualquier sucursal física de su banco y solicitar a un ejecutivo que establezca el monto deseado.
¿Qué ocurre si no se fija un monto transaccional del usuario?
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) ha detallado las implicaciones para los usuarios que no establezcan su MTU antes del 1 de enero de 2026. En tal escenario, será la institución bancaria la encargada de fijar un límite transaccional.
Este monto será determinado con base en el historial de operaciones de cada cliente y en perfiles transaccionales similares de otros usuarios. Es crucial entender que, si una operación supera el MTU establecido, ya sea por el usuario o por el banco, la institución financiera requerirá una autenticación adicional, la cual puede ser a través de un mensaje de texto, un correo electrónico o una llamada de verificación.
La respuesta del sector bancario ante el MTU
A pesar de ser una medida de seguridad obligatoria y de gran calado, la difusión por parte de las entidades financieras ha sido mesurada. Sin embargo, algunos bancos ya han comunicado sus avances.
HSBC, por ejemplo, informó que sus usuarios ya tienen la posibilidad de configurar su MTU en la aplicación digital desde mediados de agosto de 2025. Por su parte, Santander anunció que implementaría el Monto Transaccional del Usuario en su aplicación móvil y banca en línea a partir del 30 de septiembre de 2025.
La implementación del Monto Transaccional del Usuario (MTU) marca un punto de inflexión en la seguridad de las transacciones digitales en México. Si bien las autoridades financieras subrayan la protección contra el fraude y el robo de identidad, este mandato plantea preguntas sobre el equilibrio entre la seguridad impuesta y la autonomía del usuario en la gestión de sus finanzas. ¿Será esta medida suficiente para mitigar los riesgos, o representa una nueva capa de complejidad para el «círculo rojo» de la banca digital?










