
Agencias
CHETUMAL- En caso de ser aprobada por el Pleno de la XVIII Legislatura, Quintana Roo contará con una ley que proteja a todas aquellas personas que denuncien actos de corrupción por parte de funcionarios públicos y estén en peligro por tal denuncia. Asimismo, durante la sesión ordinaria número 31, el Congreso aprobó modificaciones a la Ley de Hacienda del Estado para evitar la evasión de impuestos en la venta de bienes inmuebles.
Para ello, los diputados María José Osorio Rosas (PVEM), Ricardo Velazco Rodríguez (Morena) y Hugo Alday Nieto (PT), proponen la Ley de Protección a Denunciantes y Testigos de Hechos de Corrupción para el Estado de Quintana Roo.
Al respecto, la diputada María José Osorio Rosas, explicó que la corrupción ha permeado en todos los niveles, por eso hay que tomar acción para evitarla, porque para poder combatirla es por medio de la denuncia, de ahí la importancia de proteger a las personas, garantizar la confidencialidad y el acompañamiento de las personas.
“Sabemos que uno de los obstáculos para denunciar, es el miedo, miedo a las represalias, miedo a ser corrido, miedo a ser agredidos; por eso planteamos esta ley… les invitamos a sumarse a esta propuesta, la protección de testigos es herramienta para romper ese pacto de impunidad”, concluyó.
Una iniciativa más leída al Pleno, es la propuesta por la diputada Diana Frine Gutiérrez García (PT), que tiene que ver con el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 26, 30, 31 y 32, y se adicionan los artículos 32 Bis y 32 Ter, todos de la Ley para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de Quintana Roo.
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Diana Frine Gutiérrez García, explicó que es derecho de toda persona el moverse con libertad, de las personas con discapacidad a transitar por los espacios correctos. Por ello, promueve las reformas de ley para eliminar los obstáculos que impiden la movilidad de las personas con discapacidad, porque este es un gobierno humanista, en beneficio de este grupo de personas.
“Como legisladores y legisladoras debemos ser un ejemplo para otras entidades federativas, cambiando el paradigma, atendiendo y actualizando nuestro marco normativo en beneficio de los grupos vulnerables de nuestra sociedad para lograr que las personas con discapacidad puedan participar de manera plena y efectiva en la sociedad, logrando su accesibilidad en la infraestructura básica, el equipamiento entorno urbano y los espacios públicos”, dijo la promovente de la iniciativa.
Ambas iniciativas fueron turnadas a las respectivas comisiones para su estudio, análisis y posterior dictamen, ordenó la presidenta de la Mesa Directiva, Luz Gabriela Mora Castillo.

APRUEBAN MODIFICACIÓN EN LA ENAJENACIÓN DE BIENES
La propuesta de reformas al artículo 24 de la Ley de Hacienda de Quintana Roo, que tiene que ver con el impuesto cedular por la enajenación de bienes, pretende clarificar la recaudación fiscal, combatir la evasión y hacer realidad las buenas prácticas de las leyes tributarias. Esta iniciativa se basa en la necesidad de crear un sistema fiscal más equitativo, que garantice que todas las personas físicas o morales, contribuyan de manera justa al sostenimiento del desarrollo económico del Estado.
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta, dictaminó las diversas proporciones normativas al artículo 24 de la Ley de Hacienda del Estado; “el Impuesto Cedular por la Enajenación de Bienes Inmuebles es una contribución estatal establecida en la Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo, cuya finalidad es gravar los ingresos que obtienen las personas físicas por la venta, cesión o transmisión de la propiedad de bienes inmuebles ubicados dentro del territorio del Estado”.
Lo nuevo del artículo 24 es que los notarios y/o las personas físicas que enajenen bienes inmuebles, deben presentar también su licencia de funcionamiento estatal, acuse de aviso de enajenación de bienes inmuebles por personas físicas con actividad empresarial; “ambos documentos expedidos por el Servicio de Administración Tributaria del Estado de Quintana Roo (SATQ), así como el acuse de recibo de la declaración anual correspondiente al último año calendario, o bien, tratándose del primer año calendario de actividad empresarial, podrán optar por integrar cualquiera de los documentos siguientes: Copia de la constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. Copia de la cédula de identificación fiscal, o Acuse único de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes”.
La propuesta fue aprobada por mayoría con 22 votos a favor y en contra; ahora deberá ser publicada en el Periódico Oficial del Estado.
SIM