
Agencias
Holbox.- Derivado de la problemática ambiental y patrimonial de las zonas costeras del país, personal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) implementó el “Operativo Nacional en Ecosistemas Costeros y Playas Turísticas de México” y en Holbox, detectó que la operadora del club “Playa Ñaña”, no cuenta con el permiso de Zona Federal para “usos múltiples”, por lo que le fueron impuestos los sellos de “clausura”.
El operativo, que inició desde el lunes 14 pasado y concluirá el viernes 25 de abril, es aplicado en los 17 estados costeros, para vigilar los desarrollos inmobiliarios que construyen y operan en la zona, así como para asegurar la legal ocupación, aprovechamiento y explotación de la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat) y los Terrenos Ganados al Mar (TGM).
En ese contexto, el personal de Profepa llegó el pasado miércoles 16 de abril a las instalaciones de Playa Ñaña, donde se entrevistaron con la posesionaria para que exhibiera su documentación en regla, sin embargo, los inspectores detectaron que su permiso es solo para “resguardo de embarcaciones y artes de pescas”, no para usos múltiples.
Sin embargo, los inspectores observaron que en esta concesión, también hay camastros sobre la zona de playas, un local de restaurante y expendedor de bebidas alcohólicas, así como actividades acuáticas que ofertan en el lugar; ante esta irregularidad, procedieron a la clausura del local, así como el deslinde de las responsabilidades correspondientes.
Pese al presunto hecho de coacción por parte de los ocupantes del negocio en Playa Ñaña a los inspectores, éstos, por ser del Gobierno Federal, no se dejaron intimidar ni sobornar, así que dejaron la lona frente a la entrada principal del club de playa.
Vecinos de Holbox, denunciaron el 17 de abril, que los presuntos dueños del lugar, llegaron para colocar una “lona promocional” sobrepuesta en el sello de clausura; por lo que piden la intervención de las autoridades correspondientes y se apliquen las sanciones correspondientes, pues el daño que realizan por la actividad que desarrollan en este club de playas de la zona federal, es irreversible.
COMISIÓN DEL DELITO
Al consultar al abogado constitucionalista José Félix López Lòpez, explicó que “la comisión de ilícitos ambientales en las materias de forestal, impacto ambiental, recursos marinos, vida silvestre y zona federal marítimo terrestre, pueden constituir la imposición de sanciones que abarcan desde lo administrativo hasta lo penal”.
Agrega que las violaciones a los preceptos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), sus reglamentos y las disposiciones que de ella emanen serán sancionadas con una o más de las siguientes sanciones: Multa; clausura temporal o definitiva, total o parcial, cuando no haya cumplimiento de las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas, en casos de reincidencia cuando las infracciones generen efectos negativos al ambiente, se trate de desobediencia reiterada, en tres o más ocasiones; así como arresto administrativo hasta por 36 horas, el decomiso de los instrumentos, ejemplares, productos o subproductos directamente relacionados y la suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones.
Las multas a las que pueden hacerse acreedores quienes violen o quiten sellos impuestos por la Profepa son el equivalente de 20 mil a 50 mil Unidad de Medida y Actualización (UMA) al momento de imponer la sanción; es decir, de 2 millones 262 mil 800 pesos a 5 millones 657 mil pesos.
“De acuerdo a la Ley, podrán imponerse multas por cada día que transcurra sin obedecer el mandato, sin que excedan los 20 mil UMA hasta por dos veces el monto originalmente impuesto. En el caso de reincidencia, el monto de la multa podrá exceder el doble del máximo permitido, así como consistir en una clausura definitiva”, concluye el abogado López López.