Alejandro Peza/CARIBE PENINSULAR
CHETUMAL.- Diputados de la XVIII Legislatura del Congreso del Estado analizan la iniciativa de reforma que pretende la instalación de espacios dignos para niños en los penales, cuyas madres se encuentras cumpliendo una condena o llevan un proceso penal en prisión.
La Ley Nacional de Ejecución Penal en su artículo 10, denominado “Derecho de las mujeres privadas de su libertad en un centro penitenciario”, establece que los niños menores de tres años pueden permanecer en los penales junto con su madre, pero no indica que procede posterior a ello.
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En Quintana Roo, las estadísticas oficiales señalan que entre ocho y 12 menores viven con sus madres en los centros penitenciarios del estado.
La iniciativa es parte de la homologación de la Ley Nacional de Ejecución Penal en su artículo 10, a favor de las mujeres que están privadas de su libertad y que son madres.
Por ello, resulta necesario las normas especiales en la entidad que velan por el interior superior de la niñez como es la Ley de los derechos de las niñas, niños y adolescentes del estado de Quintana Roo.
En la exposición de motivos se plasma que estos niños y niñas conocidos como “niños invisibles” por estar en ocasiones junto a su madre en los penales, incluso haber nacido en dichos reclusorios, muchas veces carecen de documentos, identidad y los cuidados para su adecuado desarrollo.
La cifra de ocho niños viviendo en los penales con sus madres que reporta el Observatorio de Prisiones contrasta con los datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) que revela que son 12, también con estadísticas del 2024.
Debido a esta situación, es que se propone en Quintana Roo, no solo espacios, sino que estos sean dignos para que los niños puedan permanecer en condiciones dignas con sus madres.
Las modificaciones propuestas quedarán establecidas en el artículo 20 Bis de la Ley de los Derechos de niñas, niños y adolescentes, en el que se indica que el menor permanecerá con su madre hasta los tres años y que la separación será gradual y supervisada por un psicólogo. Además se establecerá un régimen de visitas y en todo momento será procurado el vínculo emocional entre ambos.
Posterior a los tres años, la custodia del niño será entregado a un familiar designado por la madre o por una asociación civil certificada por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
Mientras que el artículo 20 Ter, estipula que durante su estancia en el penal, el menor deberá tener garantizado higiene, esparcimiento, educación, atención médica y alimentación adecuada y saludable. Además de que el Poder Ejecutivo debe garantizar espacios dignos, adecuados y separados de la población general. Es decir, es las áreas penitenciarias femeniles.









