Batalla judicial por la reforma de pensiones en Zacatecas: la SCJN define un límite

La SCJN valida la reforma de pensiones Zacatecas impulsada por David Monreal, reduciendo el aguinaldo a 30 días, pero con estricta no retroactividad.
Batalla judicial por la reforma de pensiones en Zacatecas: la SCJN define un límite

El enfrentamiento por la reforma de pensiones Zacatecas impulsada por David Monreal ha llegado a su punto crítico en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El máximo tribunal validó la reducción de aguinaldos, aunque con una restricción crucial: la medida no aplicará a los pensionados anteriores al decreto, marcando un límite a la afectación.

La validación de la reducción de aguinaldos en Zacatecas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el pasado lunes 12 de enero de 2026 la reforma que redujo el aguinaldo de 60 a 30 días para los pensionados del estado de Zacatecas. Esta reforma, promovida por el gobernador David Monreal Ávila, había generado protestas y movilizaciones de los trabajadores afectados desde su publicación el 10 de agosto de 2024.

El Pleno de la SCJN tomó la decisión con una mayoría de siete votos, validando el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf. El dictamen central declaró constitucional el artículo 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC).

Aplicación y argumentos de la no retroactividad

La Corte precisó que la medida no tendrá efecto retroactivo y solo aplicará a aquellos individuos que comenzaron a pensionarse después de la entrada en vigor del decreto de reforma.

La reforma fue impugnada en septiembre de 2024 por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, encabezada en aquel momento por la hoy ministra María Estela Ríos González. Sin embargo, el Pleno declaró infundados los argumentos del Ejecutivo federal, señalando que estos partían de “una premisa falsa” al considerar que el aguinaldo integra la pensión y constituye, por defecto, un derecho adquirido.

La ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, argumentó lo siguiente:

> “El aguinaldo no es una prestación que se hubiere cotizado directamente por las personas trabajadoras durante su vida laboral activa, en tanto que se trata de un concepto cuya única finalidad es otorgar al final de cada año un apoyo económico a las personas trabajadoras, el cual es adicional a su salario.”

Revés al condicionamiento de pensiones

A pesar de la validación del artículo 74, la mayoría del Pleno de la SCJN rechazó una propuesta inicial de la ministra Ortiz Ahlf que buscaba validar los artículos 128 y 128 Bis de la misma ley.

Estos artículos buscaban condicionar el pago de las pensiones directamente a la solvencia financiera del ISSSTEZAC. Tras la modificación del proyecto, estos dos artículos fueron declarados inconstitucionales.

La invalidez de los artículos 128 y 128 Bis era una demanda clave del Movimiento de Bases en Defensa del Issstezac, una organización que agrupa a más de 26 mil trabajadores derechohabientes del instituto.

Las voces en defensa de los trabajadores

La ministra María Estela Ríos González se pronunció enfáticamente en contra de que los trabajadores tuvieran que asumir las consecuencias del quebranto financiero del instituto.

> “Si hubo un quebranto financiero, porque al parecer hubo un desfalco por ciertas personas, eso no debe impactar necesariamente en perjuicio de los trabajadores porque ellos no causaron ese quebranto, el quebranto se dio por otras causas y, en ese sentido, yo estoy en contra”, expresó la ministra.

Por su parte, la ministra Lenia Batres Guadarrama votó en contra de validar el artículo 74 (el de la reducción de aguinaldos) y a favor de invalidar el 128 y 128 Bis. La ministra Batres argumentó la falta de transparencia sobre las finanzas del ISSSTEZAC y la ausencia de evidencia de esfuerzos reales por parte del gobierno estatal para obtener los recursos necesarios antes de perjudicar a los pensionados.

> “No veo el por qué estemos aceptando perjudicar a los trabajadores disminuyendo sus aguinaldos a los trabajadores pensionados del estado de Zacatecas sin tener el conocimiento real, entiendo la preocupación por las finanzas públicas, por supuesto que debe estar en nuestra preocupación, pero no tenemos los datos para aceptar que realmente se esté haciendo algo para obtener los recursos, en primer lugar, obligado el Estado a respetar derechos adquiridos de las y los trabajadores, en este caso, de Zacatecas”, afirmó.

Otras determinaciones del círculo rojo

La jornada en el ámbito político nacional también arrojó otras resoluciones relevantes:

  • Fideicomisos: La Corte validó un decreto sobre la extinción de 109 fideicomisos, determinando que dicha acción no invadió las facultades de los estados.
  • Caso Esquivel Mossa: La SCJN avaló que la ministra Esquivel Mossa pueda participar en asuntos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), pese al juicio que enfrenta por plagio de tesis.
  • Reforma Electoral: Pablo Gómez, tras recibir del INE las propuestas de la Reforma Electoral, declaró que el gobierno federal no busca consejeros avasallados. La consejera presidenta del Consejo General del INE, Guadalupe Taddei, subrayó que el órgano electoral, desde su creación, “ha sabido adecuarse a las reformas y esta no va a ser la excepción”.
  • Apoyos Federales: Más de 60 mil productores de granos básicos, provenientes de 19 estados, comenzaron a recibir apoyo federal. Más de 194 millones de pesos fueron transferidos directamente a las cuentas de los primeros productores que concluyeron satisfactoriamente la integración de sus expedientes; el proceso de pago de estos incentivos continuará hasta el mes de marzo.

El debate sobre la sostenibilidad de los sistemas de seguridad social y quién debe asumir el costo de los quebrantos financieros sigue abierto, pero la SCJN ha trazado una línea: los derechos adquiridos no deben ser pisoteados, aunque el aguinaldo, a los ojos del máximo tribunal, sea un concepto diferente a la pensión misma. ¿Será suficiente este fallo para contener el descontento del Movimiento de Bases en Defensa del Issstezac?

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