El pago de las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para febrero de 2026 se realizará el lunes 2 de febrero. Este cambio se debe a que el día 1 cae en domingo, obligando a los beneficiarios a esperar tres días respecto a la fecha habitual. Febrero también trae consigo ajustes económicos obligatorios por la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y una serie de incrementos sustanciales en la Ley 73 del IMSS, impulsados por fallos recientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La confluencia de las actualizaciones económicas anuales y las determinaciones judiciales convierten al depósito de febrero de 2026 en uno de los más vigilados. Los pensionados deben tomar previsiones por la modificación en el calendario de pagos y analizar si su régimen particular se beneficiará del incremento por UMA o de los ajustes históricos ordenados por la SCJN.
Calendario de pagos y la espera forzosa de febrero
El calendario operativo del Instituto Mexicano del Seguro Social señala que, al caer el primer día del mes en fin de semana, el depósito debe trasladarse al siguiente día hábil. En el caso del pago correspondiente al segundo mes de 2026, el 1 de febrero es domingo.
Esto significa que el depósito de la pensión, tanto para el IMSS como para el ISSSTE, se reflejará en las cuentas de los beneficiarios hasta el lunes 2 de febrero de 2026. Los pensionados bajo la Ley 73 y la Ley 97 del IMSS están sujetos a esta misma regla logística.
La revalorización de la UMA y su impacto diferenciado
La actualización de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), entra en vigor a partir del 1 de febrero de 2026. Este ajuste es clave, aunque no aplica de la misma forma para todos los jubilados, generando confusión entre miles de beneficiarios.
Valores oficiales de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026
El valor de la UMA afecta directamente a ciertas pensiones que se calculan con base en esta unidad, principalmente dentro del esquema del ISSSTE. El ajuste automático se refleja en el pago de febrero para:
- Pensiones tramitadas antes del 5 de enero de 1993.
- Pensiones otorgadas después del 31 de diciembre de 2001.
La UMA no es el motor del aumento en el IMSS
En el IMSS, la situación es sustancialmente distinta. La mayoría de las pensiones se calculan con base en el salario mínimo y el historial de cotización del trabajador, no en la UMA. Por lo tanto, la Pensión Mínima Garantizada del IMSS, que reciben muchos jubilados bajo la Ley 73, no ve su incremento de febrero relacionado con el valor de la UMA.
La UMA solo tiene injerencia directa en el IMSS en casos muy específicos, como la Modalidad 40, donde este índice determina el tope del salario base de cotización para aquellos que continúan realizando aportaciones voluntarias.
Fallos de la SCJN: Justicia social y blindaje anti-inflacionario
Dos resoluciones recientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) han marcado un precedente al reconfigurar el acceso y el monto de las pensiones, subrayando que la pensión es un derecho patrimonial adquirido por las aportaciones del trabajador durante su vida laboral.
Fin a la exigencia de semanas cotizadas continuas
Una de las determinaciones de la SCJN puso fin a un criterio administrativo restrictivo del IMSS que, durante años, negó pensiones a miles de trabajadores. El máximo tribunal determinó que no es constitucional exigir semanas cotizadas de manera continua para otorgar una pensión. Esta resolución permite que muchos mexicanos que vieron interrumpida su vida laboral ahora sí puedan acceder a su dinero mensual.
Incremento del 90% para padres dependientes por la Ley 73
La Segunda Sala de la SCJN emitió un fallo histórico el 26 de enero de 2026 que corrige una discriminación en la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73). Anteriormente, la Ley vulneraba el derecho a la igualdad al establecer porcentajes de pensión diferentes basados en el parentesco.
La Corte ordenó equiparar las pensiones por dependencia. Previamente, el cónyuge o concubino de un asegurado fallecido recibía el 90% de la pensión, mientras que los padres dependientes solo tenían derecho al 20%.
Con este fallo, los padres del asegurado fallecido deben recibir el 90% de la pensión siempre que acrediten dependencia económica. Este ajuste se traduce en un incremento significativo que miles de beneficiarios de la Ley 73 verán reflejado en sus pagos a partir de febrero de 2026.
Checklist: Protección del poder adquisitivo
La resolución de la SCJN también establece un mecanismo de protección económica clave para los pensionados:
- Índice de ajuste: Los incrementos anuales de la Pensión Mínima Garantizada se calcularán tomando como base el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
- Abandono de índice: Se elimina la práctica de calcular estos incrementos con base en el salario mínimo.
- Beneficio: Este cambio protege el poder adquisitivo de los pensionados frente a la inflación, garantizando que el ingreso mensual sea suficiente para cubrir los gastos de medicinas y servicios básicos.
El depósito se realiza de forma automática en todos los casos. Sin embargo, antes del 2 de febrero, es indispensable que los beneficiarios revisen el tipo de pensión que reciben y el monto depositado en enero para poder identificar con claridad si el aumento está relacionado con la UMA, con las sentencias de la SCJN o con otros factores.
Para dudas específicas, los pensionados pueden comunicarse a los canales oficiales de atención: IMSS (800 623 2323) y ISSSTE (55 5062 0555).
La integración de estas reformas y ajustes subraya el papel de la SCJN en la defensa de los derechos sociales, revalorizando la pensión no como una concesión administrativa, sino como el derecho patrimonial adquirido por una vida de esfuerzo laboral. Este conjunto de modificaciones no solo impacta la liquidez inmediata de los jubilados, sino que establece un blindaje legal contra la devaluación futura de sus ingresos. ¿Será este el inicio de una revisión más profunda a los criterios de cálculo de las pensiones en México?









