| ALTAVOZ | GARANTÍAS INDIVIDUALES VULNERADAS: Acumula Congreso regaños de la CNDH y sentencias en contra de la SCJN

En menos de dos años, la XVIII Legislatura ha convertido las garantías individuales en terreno de ensayo legislativo, con reformas impugnadas, leyes corregidas y un “meta-legislador” en la sombra.

En menos de dos años, la XVIII Legislatura de Quintana Roo ha acumulado 11 acciones de inconstitucionalidad –con desacato incluido–, con temas que van desde movilidad, penal, civil y expropiaciones, hasta universidades judiciales y fiscalías especiales.

Esta manera, de legislar ha tenido implicaciones en la estabilidad política toda vez que hasta podría afectar la continuidad de Heyden Cebada Rivas, al frete del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del estado

Penosamente persiste la tendencia: legislar sin controles y por disciplina, lo que deriva en violaciones a las garantías individuales y ha obligado la intervención de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en primera instancia, así como de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Aunque, los conocedores señalan que el “culpable” de esta cadena de violaciones a las garantías individuales es el consejero jurídico del Gobierno del Estado, Carlos Felipe Fuentes del Río, algo así como el “meta-legislador”.

Los enterados apuntan que las iniciativas salen de la oficina de Fuentes del Río, llegan al Congreso del Estado, se elige quién o quiénes diputados las firman, y se aprueban sin mover una coma, gracias a la aplastante mayoría de la 4T.

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El detalle es que no solo se trata de un ejercicio vertical del poder, sino de un proceso en el que quedan en medio las garantías individuales.

Dicho sea de paso, la ombudsperson nacional se ha convertido en el principal dique ante el ejercicio absolutista del poder en Quintana Roo, frente a una oposición cómplice o atemorizada.

Ya van 11 acciones de inconstitucionalidad y….las que faltan

Acciones de inconstitucionalidad contra leyes de la XVIII Legislatura de Quintana Roo

1️⃣ Ley de Movilidad (art. 151 fr. IX)
Expediente: Acción de Inconstitucionalidad 113/2024.
Promovente: Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Sentencia: SCJN invalidó la fracción IX del artículo 151 de la Ley de Movilidad de Quintana Roo.
Motivo: Violación al principio de igualdad y no discriminación, al exigir carta de antecedentes no penales a los prestadores de servicios de transporte público mediante plataformas digitales (Uber, Didi, etc.).
Efecto: Se eliminó ese requisito, considerado discriminatorio.
Relevancia: Primera anulación contra una ley de la XVIII Legislatura por vulnerar derechos laborales y de igualdad.


2️⃣ Ley Orgánica de la Fiscalía Anticorrupción (AI 29/2025)
Promovente: CNDH.
Ley impugnada: Ley Orgánica de la Fiscalía Anticorrupción de Quintana Roo.
Sentencia: SCJN declaró inconstitucionales artículos que otorgaban facultades de intervención de comunicaciones, geolocalización en tiempo real y régimen de faltas administrativas sin definir competencia ni gravedad.
Fundamento: Invasión de facultades federales en materia penal y vulneración de derechos a la privacidad.


3️⃣ Código Civil (AI 29/2024)
Promovente: CNDH.
Motivo: Falta de consulta previa a personas con discapacidad en la reforma al artículo 383 inciso B, relativo a capacidad jurídica y salud mental.
Resultado: SCJN invalidó el artículo por violar el derecho a la participación y consulta de las personas con discapacidad.
Efecto: Se obligó al Congreso local a realizar un proceso de consulta inclusivo antes de volver a legislar el tema.


4️⃣ Ley de Expropiación (AI 31/2025)
Promovente: CNDH.
Objeto: Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio de Quintana Roo (Decreto 090/2025).
Motivo: Ambigüedad y amplitud de las causas de “utilidad pública”, lo que permitiría expropiaciones con fines turísticos o privados.
Estado: En trámite ante la SCJN.


5️⃣ Código Penal (AI 113/2024, AI 58/2025 y AI 38/2025)
Promovente: CNDH.
Normas impugnadas:
– Artículo 234 Ter (AI 113/2024): vulnera derechos de legalidad y tipicidad penal.
– Artículo 182 (AI 58/2025): penaliza bloqueos a vías de comunicación; impugnado por criminalizar la protesta.
– Artículo 162 Bis (AI 38/2025): sanciona daños cometidos por transportistas; considerado sobrerregulación.
Estado: Admitidas; en análisis de fondo.
Efecto: Cuatro acciones abiertas solo en 2024–2025 contra reformas penales de la Legislatura actual.


6️⃣ Ley Orgánica de la Universidad Judicial (AI 38/2025)
Promovente: CNDH.
Motivo: Impugnación parcial del artículo 7, que imponía un requisito injustificado para acceder a la Rectoría de la Universidad Judicial del Poder Judicial de Quintana Roo.
Estado: En trámite ante la SCJN.
Sentido general: Se busca garantizar igualdad en el acceso a cargos públicos sin criterios excluyentes o arbitrarios.


7️⃣ Ley de Asentamientos Humanos y Ordenamiento Territorial
El 20 de agosto de 2025, se dio a conocer que el Congreso de Quintana Roo incumplió los criterios constitucionales establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en una resolución previa de 2023, relacionada con la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
Antecedente jurídico: La SCJN, al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH, había ordenado corregir artículos que concentraban en el Ejecutivo estatal facultades exclusivas de los municipios en materia de planeación urbana y uso de suelo, vulnerando la autonomía municipal y los principios de participación ciudadana.
Situación actual: En lugar de acatar plenamente la sentencia, la XVIII Legislatura realizó reformas “de trámite” que mantuvieron el esquema de control centralizado, lo que constituye un desacato técnico al fallo de la Corte.


8️⃣ Acción de Inconstitucionalidad 19/2024 (Leyes de Hacienda Municipales)
Promovente: CNDH.
Objeto: Leyes de Hacienda de los municipios de Benito Juárez, Tulum y Felipe Carrillo Puerto.
Motivo: La SCJN determinó que el Congreso local invadió facultades federales al crear una contribución con naturaleza de impuesto sobre el consumo y la energía eléctrica, y no un derecho.
Efecto: Se declaró la invalidez de los artículos respectivos y se ordenó al Congreso corregir el diseño de los cobros municipales.


9️⃣ Acción de Inconstitucionalidad 100/2025 (Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado)
Promovente: CNDH.
Norma impugnada: Decreto 134, publicado el 12 de agosto de 2025.
Motivo: Los artículos 27 y 153 establecen que las presidencias del Tribunal Superior de Justicia y del Tribunal de Disciplina Judicial serán elegidas entre sus propios integrantes, vulnerando el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad.
Estado: En trámite ante la SCJN.

La SCJN admitió el recurso por considerar que ese esquema rompe el equilibrio institucional del Poder Judicial, al eliminar contrapesos y perpetuar en el cargo a la misma cúpula.
Por ello, el caso toca de lleno a la presidencia de Heyden Cebada, tanto por la norma que lo sostiene como por el cuestionamiento de la legitimidad de su elección bajo ese diseño.


La Corte podría invalidar la estructura actual de elección de presidencias, afectando la permanencia o legalidad del cargo de Cebada.

Esta impugnación impacta directamente en la estructura de mando del Poder Judicial, ya que la disposición cuestionada sostiene la presidencia de Heyden Cebada Rivas al frente del Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo. La elección interna entre magistrados, sin intervención de un órgano externo o de control, ha sido señalada por la CNDH como un esquema que concentra poder y debilita los contrapesos institucionales, motivo por el cual la SCJN analiza su constitucionalidad.


🔟 Acción de Inconstitucionalidad 59/2025 (Ley para la Inclusión de Personas con Discapacidad)
Promovente: CNDH.
Norma impugnada: Artículo 51 Quinquies de la Ley para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de Quintana Roo.
Motivo: Se declaró inconstitucional el requisito de ser mayor de 18 años para integrar el Parlamento de Personas con Discapacidad, al considerarse una discriminación contra infancias con discapacidad.
Efecto: La SCJN ordenó suprimir ese límite de edad para garantizar la libertad de expresión y participación plena.


1️⃣1️⃣ Controversia Constitucional 471/2023 (Asentamientos Humanos, Acciones Urbanísticas y Equilibrio Ecológico)
Promovente: Municipios afectados.
Resolución: El 8 de abril de 2025, el Pleno de la SCJN invalidó diversos artículos de reformas urbanísticas aprobadas por el Congreso local.
Motivo: La Constancia de Congruencia Urbanística Estatal otorgaba al Ejecutivo local un control unilateral sobre autorizaciones municipales de uso de suelo y licencias de construcción.
Efecto: La Corte reafirmó la autonomía municipal y limitó la intervención estatal en materia de desarrollo urbano.

Y mientras tanto, las garantías individuales siguen pagando los platos rotos de una Legislatura que legisla disciplinadamente al vapor.
Las leyes parten de oficios desde la Consejería Jurídica, donde Carlos Felipe Fuentes del Río ha pasado de ser operador legal a guionista constitucional.
Cada artículo inconstitucional, cada exceso, cada reforma corregida por la Corte, lleva su sello inconfesable.
Y así, entre decretos exprés y votos automáticos, las garantías individuales tienen el mismo valor que el absolutismo medieval.
El problema no es que la SCJN los corrija —eso ya parece rutina—, sino que el meta-legislador siga dictando cátedra desde la sombra, mientras el Congreso firma, levanta el dedo y aplaude.

¿Y QUIÉN ES CARLOS FELIPE FUENTES DEL RÍO?

Abogado con maestría en Derecho Procesal Constitucional, es el actual consejero jurídico del Gobierno de Quintana Roo y uno de los operadores más influyentes del gabinete.

Hijo de Felipe Alfredo Fuentes Barreramagistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)Fuentes del Río construyó su trayectoria en el Estado de México, donde ocupó cargos como director general jurídico y consultivo, y director de Legalización y Periódico Oficial en la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos.

Foráneo y sin arraigo en Quintana Roo, llegó con el actual sexenio para convertirse en el arquitecto de reformas: el funcionario que revisa, diseña y afina las leyes, previo a ser tramitadas en el Congreso,

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