Abogada del Chapo usa violencia política de género para silenciar a periodistas

La abogada del Chapo usa la figura de violencia política de género para silenciar a periodistas. Un análisis sobre la creciente censura mediática.
Abogada del Chapo usa violencia política de género para silenciar a periodistas

La controvertida figura de la violencia política en razón de género, creada para proteger a las mujeres en la esfera pública, es ahora utilizada para acallar críticas y ejercer censura. El caso de Silvia Delgado García, abogada del narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán y hoy jueza electa, expone esta peligrosa tendencia.

El caso: Una abogada en el ojo del huracán

Silvia Delgado García, quien fuera parte del equipo legal de Joaquín “El Chapo” Guzmán antes de su extradición a Estados Unidos, se postuló y ganó un puesto como jueza de lo penal en Chihuahua en las pasadas elecciones judiciales. Su candidatura generó amplios titulares en medios nacionales. Sin embargo, tras su victoria, Delgado García ha utilizado la ley de violencia política en razón de género para denunciar a periodistas y medios que criticaron su postulación.

El proceso contra el periodista Miguel Alfonso Meza

Miguel Alfonso Meza, director de la organización Defensorxs en Chihuahua, ha denunciado públicamente que la jueza Delgado García lo demandó. La organización había calificado a la candidata como «altamente riesgosa» durante la campaña. El Instituto Electoral del Estado de Chihuahua (IEEC) inició una investigación de más de 800 páginas en su contra y, de manera alarmante, solicitó sus datos personales al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a Meta y a su compañía telefónica.

Meza reveló que, si bien el SAT y su compañía telefónica se negaron a entregar la información por considerarla confidencial y fuera del alcance del Instituto Electoral, Meta sí proporcionó su número de celular y correo personal. Estos datos fueron entregados por el IEEC a “varios particulares, incluida la abogada del Chapo”, según el periodista.

La respuesta de los medios ante la denuncia

La ahora jueza también demandó a los directores de otros 14 medios de comunicación que se hicieron eco de la investigación de Defensorxs. BI Noticias, uno de los medios afectados, informó que el IEEC admitió la queja a trámite el pasado 2 de mayo y dictó medidas de protección a favor de la jueza.

Desde BI Noticias, se prepara la defensa legal, argumentando que los hechos denunciados no configuran violencia política de género. Por el contrario, sostienen que se trata de difusión de información de interés público, y que la figura jurídica está siendo utilizada como una herramienta de censura. Delgado García fue la segunda candidata más votada en aquellas elecciones, con más de 23,000 sufragios, y ocupará el cargo de jueza por los siguientes nueve años.

«Una vía expedita de censura»: La voz de los expertos

Leopoldo Maldonado, director de Artículo 19, una reconocida organización de defensa de la libertad de expresión, ha expresado su preocupación por el uso extendido de la figura de violencia política en razón de género en los últimos años. Atribuye esta tendencia a la “virulencia y polarización” en el debate público, donde “se buscan las maneras más expeditas y eficaces de sanción, no necesariamente con los objetivos más democráticos”.

El uso amplificado de la figura y sus riesgos

Maldonado señala un aumento alarmante en la persecución a periodistas, activistas e incluso ciudadanos. Desde el inicio del sexenio de Andrés Manuel López Obrador, ha crecido el uso de herramientas legales contra la prensa. La figura de la violencia política en razón de género ha sido empleada crecientemente, sin que los organismos o tribunales electorales hayan puesto un freno efectivo.

La celeridad del proceso administrativo electoral

La figura de violencia política en razón de género, al ser administrativa en materia electoral, permite que los procesos se desarrollen con una rapidez inusitada, en cuestión de días o incluso horas. Esto implica que sanciones como disculpas públicas, capacitaciones o multas pueden aplicarse casi de forma inmediata. “Han encontrado una vía expedita de censura”, afirmó Maldonado, donde se condiciona la posibilidad de emitir críticas o información respecto a candidatas.

Precedentes y casos emblemáticos de la judicialización de la crítica

El caso de Miguel Alfonso Meza y los 14 medios no es un incidente aislado. Existen numerosos precedentes que demuestran este patrón de censura a opiniones críticas:

El periodista Héctor de Mauleón y las acusaciones de huachicol

En julio, el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas impuso medidas de censura contra Héctor de Mauleón, periodista de El Universal, por una columna del 1 de mayo titulada *Huachicol y poder judicial en Tamaulipas*. En ella, se hacía referencia a información pública sobre presuntos vínculos entre la presidenta del Poder Judicial de ese Estado y una red de huachicol. Las autoridades consideraron que esto constituía violencia política de género.

Laisha Wilkins y la «Dora la censuradora»

Laisha Wilkins, actriz, influencer y conductora de televisión, fue requerida por el Tribunal Electoral a raíz de una denuncia por violencia política de género. Esto ocurrió tras un comentario que hizo en X sobre una publicación de Aristegui Noticias, donde se revelaba que una candidata a la Suprema Corte, Dora Martínez, había intentado retirar reportajes aludiendo a dicha figura. Laisha Wilkins simplemente escribió: “Jaja Dora la censuradora jaaja”. El INE inició una investigación, localizó su domicilio y le exigió información sobre la publicación.

La ciudadana sancionada por un comentario en redes

En julio, Karla María Estrella, una ciudadana de Hermosillo, Sonora, fue sancionada por un comentario en X sobre Diana Karina Barreras, candidata a diputada federal por el Partido del Trabajo (PT) y esposa de Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados. La publicación decía: “Así estaría el berrinche de Sergio Gutiérrez Luna para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas”. El Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal la sentenció a disculparse públicamente durante 30 días, pagar una multa de 1,085 pesos, leer bibliografía especializada, asistir a cursos de género y ser inscrita durante un año y medio en el registro de violentadores del INE. La diputada aludida solicitó incluso más: que la disculpa se publicara en “dos periódicos de mayor circulación”.

La paradoja de una ley con intención de protección

El propio Instituto Nacional Electoral (INE) advierte en un documento sobre violencia política de género que “es necesario precisar que no toda la violencia política tiene elementos de género, pues en una democracia, la política es un espacio de confrontación, debate, disenso”. Este pronunciamiento subraya la importancia de evaluar si existe verdaderamente este tipo de violencia para aplicar sanciones.

Alteración de los objetivos originales de la ley

Leopoldo Maldonado recuerda que la figura de violencia política de género surgió para visibilizar y remover obstáculos estructurales que dificultaban el acceso de las mujeres a puestos de poder. Sin embargo, su definición es “muy amplia” y ha sido interpretada de manera que limita cada vez más el ejercicio crítico de la libertad de expresión frente a mujeres que aspiran a cargos públicos. Esto sucede sin tomar en cuenta elementos clave, como que la violencia debe tener como consecuencia la obstaculización del acceso al poder. La preocupación radica en que, ahora, se dirige “prácticamente hacia medios de comunicación, periodistas y voces críticas y no hacia autoridades y figuras públicas partidistas que eran originalmente las destinatarias”.

Implicaciones en derechos humanos y censura previa

La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), en un amplio artículo sobre el tema, ha documentado cómo, tras la incorporación de la violencia política por razones de género (VPG), se ha desplegado “un sistema de control previo de información a partir de las autoridades electorales (principalmente el INE)”. Este sistema es incompatible con la Constitución y la prohibición de censura previa. R3D concluye que la figura ha sido “utilizada para silenciar críticas legítimas en el ámbito político, dirigidas a personas funcionarias públicas, candidatas a elección popular y figuras públicas, bajo la excusa de proteger a las mujeres de violencia”.

La instrumentalización de una figura legal diseñada para proteger la equidad de género en la política para fines de censura mediática representa un preocupante retroceso para la libertad de expresión y el escrutinio público en México. ¿Hasta dónde llegará esta tendencia que amenaza con silenciar las voces críticas y erosionar los cimientos del periodismo de investigación?

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