El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha activado un nuevo esquema de supervisión que impacta directamente las finanzas de millones de mexicanos. A partir de noviembre de 2025, todo depósito en efectivo que rebase el límite mensual de $15,000 pesos estará sujeto a un recargo. Esta medida, impulsada bajo el argumento de combatir la evasión fiscal y el lavado de dinero, exige una rendición de cuentas inmediata a contribuyentes físicos y morales.
El nuevo control fiscal: la tasa del 3% sobre el excedente
A partir de este mes, noviembre de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementará un cargo adicional a los cuentahabientes que realicen depósitos en efectivo que superen los límites mensuales establecidos. El tope máximo exento se ha fijado rigurosamente en $15,000 pesos mensuales.
La normativa establece que cualquier cantidad que rebase dicho límite generará un recargo del 3% sobre el excedente. La autoridad tributaria advirtió que el objetivo es que los contribuyentes declaren sus ingresos reales y eviten movimientos de dinero cuyo origen no pueda comprobarse.
Para clarificar el impacto de este nuevo control, el organismo fiscal ha ofrecido un ejemplo preciso:
- Si una persona o cuentahabiente deposita $26,000 pesos en efectivo durante un mes.
- El monto que excede el límite permitido de $15,000 asciende a $11,000 pesos.
- El impuesto adicional aplicable ascenderá al 3% de ese excedente, resultando en un pago de $330 pesos.
Este impuesto, según el comunicado oficial del SAT, se aplicará de forma automática a través de las instituciones bancarias, las cuales están obligadas a reportar estos movimientos inusuales o recurrentes.
¿Quiénes están obligados a cumplir con la medida?
El nuevo esquema fiscal es de aplicación universal en el sistema bancario mexicano. Alcanza tanto a las personas físicas como a las personas morales que realicen depósitos en efectivo. Los bancos deberán reportar estos movimientos al SAT de forma automática.
El organismo recaudador recordó que el marco legal aplicable proviene de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). Esta ley faculta al SAT a supervisar los movimientos financieros de los contribuyentes para detectar posibles inconsistencias entre los fondos depositados y los ingresos declarados.
Transparencia financiera y el combate a la evasión
La medida, según el SAT, no tiene un carácter punitivo. El organismo subrayó que busca promover la transparencia en el manejo del dinero y garantizar que los fondos depositados correspondan a actividades legales y estén debidamente declarados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Estas acciones se enmarcan dentro de la estrategia nacional de prevención de lavado de dinero y evasión fiscal.
El SAT explicó que el objetivo central de este nuevo control es fomentar la rendición de cuentas y evitar operaciones no declaradas que puedan estar vinculadas con la evasión fiscal o el lavado de dinero. En este sentido, las instituciones financieras tienen la obligación de reportar al SAT todos los movimientos que superen el umbral de los $15,000 pesos, con el propósito de identificar aquellas operaciones que puedan considerarse sospechosas.
Transferencias electrónicas (SPEI y TEF): el rastreo infalible
El SAT aclaró que este cobro adicional no aplica para las transferencias electrónicas como las realizadas a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) o la Transferencia Electrónica de Fondos (TEF).
La razón es que estas operaciones son completamente rastreables. Permiten verificar fácilmente el origen y destino del dinero y cuentan con registros automáticos, facilitando la supervisión y garantizando el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Advertencias y recomendaciones para evitar multas
La autoridad tributaria podrá requerir información adicional sobre el origen del dinero depositado, especialmente en casos donde los montos no coincidan con los ingresos declarados por el contribuyente.
El SAT ha sido enfático en advertir que no respetar los límites establecidos o evadir la declaración de ingresos provenientes de depósitos en efectivo puede derivar en:
- Multas económicas significativas.
- Auditorías fiscales exhaustivas.
Por ello, el organismo sugirió a los usuarios tomar precauciones específicas para evitar el cobro del nuevo impuesto o posibles revisiones fiscales:
- Evitar depósitos en efectivo que excedan los $15,000 pesos mensuales.
- Usar preferentemente medios electrónicos de pago (transferencias SPEI o TEF).
- Conservar comprobantes de ingresos y documentos que acrediten el origen del dinero.
Esta implementación obligatoria, que comenzó a operar en noviembre de 2025, marca un endurecimiento en la fiscalización del flujo de efectivo en el país, redefiniendo la manera en que personas físicas y morales interactúan con el sistema bancario.
La medida, al obligar a la transparencia bajo amenaza de recargo y auditoría, plantea una pregunta fundamental: ¿Es este control un mecanismo justo de fiscalización o una nueva forma de presionar al contribuyente minoritario para cubrir los vacíos estructurales en la recaudación contra las grandes fortunas?









